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Descargar Obra - Poder Judicial

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Todo empleador esta obligado a proporcionar la informacion que requieranel Ministerio de Justicia y Trabajo y la Consejeria Municipal por losDerechos del Nino, Nina y Adolescente (CODENI), debiendo tambien registrarla contratacion de los servicios de un adolescente, dentro de las setenta y dosoras.A este registro se debe acompanar copia del contrato de trabajo del adolescentey de su inscripcion en el sistema de seguridad social.Articulo 62.- DEL EMPLEO DE ADOLESCENTES CON NECESIDADESESPECIALES.Los adolescentes con necesidades especiales no podran ser discriminadoslaboral ni salarialmente.Los adolescentes con necesidades especiales idoneos para el ejerciciode las funciones que requiere un puesto de trabajo, deberan ser privilegiados ensu admision, por todo ente publico.La Secretaria Nacional de la Ninez impulsara programas de incentivopara promover la contratacion de adolescentes con necesidades especiales.CAPITULO 111DEL ADOLESCENTE TRABAJADOR DOMESTICOArticulo 63.- DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR.El empleador esta obligado a proporcionar al adolescente trabajadordomestico, sin retiro, una habitacion independiente, cama, indumentaria y alimentacionpara el desempeno de sus labores. La habitacion y el alimento nopueden ser considerados como parte del salario.El empleador debe inscribir al adolescente trabajador en el sistema deseguridad social.Articulo 64.- DE LA JORNADA DE TRABAJO DOMESTICO.La jornada maxima de trabajo del adolescente trabajador domestico sera deseis haus diarias, con intervalos de descanso y de cuatro para quienes asistan ainstituciones educativas.Articulo 65.- DE LA ESCOLARIDAD OBLIGATORIA DEL ADOLESCENTETRABAJADOR DOMESTICO.

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