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Descargar Obra - Poder Judicial

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ien a las circunstancias y necesidades del menor, asi como a las necesidadesde la sociedad; b) las restricciones a la libertad personal del menor se impondransolo tras cuidadoso estudio y se reduciran al minimo posible; c) solo seimpondra la privacion de libertad personal en el caso de que el menor sea con-, denado por un acto grave en el que concurra violencia contra persona o por lareincidencia en cometer otros delitos graves, y siempre que no haya otra respuestaadecuada; d) en el examen de los casos se considerara primordial elbienestar del menor".Estas Reglas reiteran los conceptos de la Convencion y en ella aparecela EDUCATIVA como contenido esencial de las medidas, asi como la excepcionalidadde la privacion de libertad. En otras palabras, la sancion de la privacionde libertad opera como excepcion, por el menor tiempo posible y comoconsecuencia de la comision de un delito grave taxativamente incluido en laley."Estas normas ponen inequivocamente de relieve el inconfundible espiritugarantista y tutelar que anima al regimen minoril acorde con el cualdebe interpretarse toda la regulacion de rango inferior, aun cuando esta enbuena medida haga gala de una discrepante y controversia1 orientacion masalineada, en verdad, hacia un modelo de defensa social exigiendo al interpreteextremar los recaudos para evitar una aplicacion de la ley que pueda resultarcontradictoria con el espiritu y la letra de ese dispositivo fundamental"(verMinoridad y Familia, No 15, Pag. 142).Corresponde puntualizar que estos articulos limitan la accion punitivadel Estado a traves de la incorporacion de las garantias para el abordaje de losmenores de edad acusados de la comision de delitos.En el mismo sentido el Codigo de la Ninez y la Adolescencia -Ley1680/01 - discurre entre estos principios, pues ha tenido especial cuidado en laregulacion de la sancion de la privacion de la libertad como ultima ratio,maxima brevedad, proporcionalidad y determinacion temporal.Del universo de las normas resenadas, deduzco que una adecuada hermeneuticanos debe condiicir a la conclusion de que la proporcionalidad a lascircunstancias y necesidades educativas del infractor en cada caso concreto seconvierte en una exigencia para el juez tanto a la hora de establecer la sancioncomo a la hora de determinar el quantum de esta.'la proporcionalidad enfocada desde la sancion sirve como una salvaguardianecesaria y util frente al peligro de excesos en la reaccion estatal,mas tratandose de conductas delictivas de personas jovenes que justifican nosolo una justicia especializada, sino una justicia mas benigna ". ( Carlos Ti ffer" Principio de proporcionalidad y sancion penal juvenil").En la sentencia impugnada, se ha condenado a R.R.E.S.V. de 14 anosde edad a la fecha de la consumacion del hecho punible a la pena privativa delibertad de siete anos y se establecio que tal sancion debera cumplir en el correccionalde menores " Coronel Panchito Lopez" en libre comunicacion y adisposicion del Juzgado.

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