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Descargar Obra - Poder Judicial

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1 DECLARAR nulo el juicio caratulado: "L.E.E.F. SI adopcion" dei acuerdo con las razones expuestas en el exordio de la presente resolucion.1 REMITIR al Juzgado que sigue en el orden de Turno el presente juicioa los efectos procesales que corresponden, juntamente con el juicio sobre esta-1 do de adopcion.ANOTESE, registrese y remitase copia a la Exma. Corte Suprema deJusticia.Miembros: Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Manuel Silvio Rodriguez y ArnaldaSamuel Aguirre AyalaAnte mi: Maria E Galeano, Actuaria <strong>Judicial</strong>.ECJURISDICCION DE LA NINEZ Y LA ADOLESCENCIAACUERDO Y SENTENCIA No 13712003 (Tribunal de Apelacion de laNinez y la Adolescencia)MENORES: Guarda de menoresSi los propios guardadores solicitaron posteriormente que se deje sinefecto la guarda que se les habia otorgado ante su primera presentacion,el Juzgado debio ordenar la restitucion inmediata de la nina a su madrebiologica de conformidad a las disposiciones concordantes de los Arts. 9de la Convencion sobre los Derechos del Nino y del C.N. y A.MENORES: Guarda de menoresNo comparto el criterio de la jueza al expresar la necesidad de que la ninapermanezca temporalmente con la familia adoptiva, hasta tanto lamadre demuestre aptitudes para ejercer a cabalidad su rol materno, porconculcar el derecho a la identidad del nino (Art. 7 y 8 de la Convencionsobre los Derechos del Nino). En efecto, la guarda otorgada sine die importafortalecer laso de afectividad entre la nina y los guardadores en detrimentodirecto de la que corresponde a la madre biologica en el ejerciciode la patria potestad.MENORES: Guarda de menoresEl Juzgado, aunque con buena intencion quizas, ha hecho prevalecer a uniwtituto de proteccion transitorio como la guarda, en contra posicion alejercicio de la patria potestad, lo cual resulta inadmisible humana y juridicamente.MENORES: Guarda de menores. Proteccion de menoresEs la falta de recursos de la madre biologica la que ha originado el dictamientode la sentencia en revision, sentencia que, como se dijo, conculcaevidentemente las disposiciones contenidas en el Art. 8 del C.N. y

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