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Descargar Obra - Poder Judicial

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El Codigo de la Ninez y la Adolescencia -Ley 1680101 -ha tenido escial cuidado en la regulacion de la sancion de la privacion de la libertad coultima ratio, de extrema brevedad, proporcionalidad y determinacion temporUna adecuada hermeneutica nos lleva a la conclusion de que la prcionalidad a las circunstancias y necesidades educativas del infractor encaso concreto se convierte en una exigencia para el Juez tanto a la hora detablecer la sancion como a la hora de determinar el quantum de esta."La proporcionalidad enfocada desde la sancion sirve como una suvaguardia necesaria y util frente al peligro de excesos en la reaccion estamas tratandose de conductas delictivas de personas jovenes que justijksolo una justicia especializada, sino una justicia mas benigna". ( Carlos" Principio de proporcionalidad y sancion penal juvenil").En la sentencia impugnada, se ha condenado a J. M. A. F. A., de 1anos de edad a la fecha de la consumacion del hecho punible a sufrir la peprivativa de libertad de 9 anos. Precisamente en aras de hacer realidad los ppositos indicados en las normas mencionadas, decididamente mi voto va dgido a una disminucion del quantum establecido.En consecuencia, y en virtud a lo expuesto precedentemente, correponde imponer al adolescente la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD DE(OCHO) ANOS. Ello es asi, debido al grado de reprochabilidad de su conducta, mas aun teniendo en cuenta el informe elevado por el Director de la Penitenciaria Nacional Tacumbu, Sr. Alfredo E. Vaccaro P. (fs. 247), en el que comunica que el citado incoado fue trasladado a la Penitenciaria RegionalEmboscada, donde formo parte de un motin y homicidio, y en el entendimiede que las medidas socioeducativas y correccionales no son suficientes pasegurar y promover su desarrollo y educacion tendientes a lograr su adaptcion a una vida sin delinquir.A SU TURNO, las Dras. Irma Alfonso de Bogarin y Clara Estigambia deCarvallo, manifiestan adherirse al voto precedente por sus mismos fundamentos. 1Con lo que se dio por terminado el acto, firmando las integrantes del!Tribunal de Apelacion Penal de la Adolescencia, por ante mi, la Secretaria,autorizante, quedando acordada la sentencia que inmediatamente sigue: 1ACUERDO Y SENTENCIA No 4Asuncion, 5 de Mayo de 2003.-VISTOS: los meritq que ofrece el Acuerdo y Sentencia precedente y losfundamentos del mismo, el Tribunal de Apelacion Penal de la Adolescencia;RESUELVE:1. DESESTIMAR el recurso de nulidad.2. MODIFICAR, parcialmente la sentencia apelada en relacion al encausadoJ.M.A.F.A., en el sentido de imponer al mismo a sufiir la medidaprivativa de libertad de 8 (OCHO) ANOS.3. ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Excma. Corte Supremade Justicia.Miembros: Irma Alfonso de Bogarin, Mirtha Gonzalez de Caballero y ClaraEstigarribia de Carvallo

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