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Descargar Obra - Poder Judicial

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cia especializada: el educativo y no punitivo, por lo que corresponde revocarla resolucion impugnada.EXPEDIENTE: "I.R.B.C. Y FRANCISCO CANE-TE VILLALBA S/ROBOAsuncion, 30 de octubre de 2003VISTO: El recurso de apelacion general interpuesto por la Defensoratecnica del adolescente I.R.B.C., contra el A.I. No 1435 de fecha 03 de octubrede 2003 (fs.22), dictado por el Juez Penal de Garantias NO5 Alcides Corbeta, yCONSIDERANDO:Que, el A quo por el Auto apelado, resolvio: "DECRETAR LA PRI-SION PREVENTIVA de I.R.B.C., paraguayo, soltero, 16 anos de edad, conC.I.N" .......... .............., quien seguira guardando reclusion en el Centro EducativoItaugua, en libre comunicacion y a disposicion del Juzgado".Contra esa decision, se alzo la defensa del adolescente Abog. Liz MariaRamirez, sosteniendo que la resolucion no contiene una clara y precisa fundamentacion,pues el auto que dispone la prision preventiva no menciona expresamentelas circunstancias que tuvo en cuenta para su aplicacion, alude quepara el Juez se hallan reunidos los requisitos de los Arts. 242 del C.P.P. y 232del C.N.A. Agrega, que no menciona las razones por las cuales otras medidasno son suficientes. Ademas no se pronuncia sobre la falta de arraigo o la posibleobstruccion de la Justicia que pudieran hacerlo merecedor de la medidacautelar mas gravosa.Adujo que "la fundamentacion de las resoluciones es un requisito imprescindiblepara la validez de las mismas y constituye una garantia constitucionalno solo para las partes sino tambien para el Estado, en cuanto tiende aasegurar la recta administracion de justicia ".Abundo en consideraciones legales y doctrinarias tendientes a sostenersus agravios.Solicita la revocatoria del auto apelado (fs.30133) como propuesta desolucion.El representante Fiscal Abog. Miguel Vera Zarza, previo traslado, senaloque :"la Resolucion recurrida se halla ajustada a derecho, puesto que el A-quo ha realizado una debida fundamentacion logica y juridica, basada en lacerteza y en la cual razonadamente establece la congruencia entre los hechos yel derecho que son sometidos a estudio del mismo, y en la cual se traduce queexisten suficientes argumentos juridicos en los cuales se fundan dicha resolucionapelada, la cual se halla como se dijo fue suficientemente motivada, fundaday justificada por el A-quo. Alega igualmente que el prevenido fue sorprendidoen flagrancia, por lo que la resolMcion recaida, se halla ajustada aderecho, puesto que el menor no tiene arraigo, domicilio fijo y otorgandosele'

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