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Descargar Obra - Poder Judicial

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Gonzalez Gomez, J. M. A. F. A., Pedro Ramon Romero Mendoza, Juan CarlosBritez Uliambre, Saul Alen Echeverria Cabra], Deivis Marecos S1 homicidio -San Lorenzo", que fueron remitidas por el Tribunal de Apelacion en lo Penal,Segunda Sala, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 48 del CodigoProcesal Penal (Ley 1286/98), siendo uno de los imputados en esta causa eladolescente J. M. A. F. A., por lo que le corresponde a este Tribunal entender yresolver los Recursos de Apelacion y Nulidad, en relacion al citado encausado yque fueron interpuestos por la Defensora Publica, en contra de la S.D. No 79 defecha 15 de Octubre de 2000, dictado por el Juzgado Penal de Liquidacion ySentencia No 2 de la Capital.Previo al estudio de los antecedentes del caso, el Tribunal resolvioplantear y votar las siguientes:CUESTIONES1) nula la Sentencia recurrida?2) su caso, se ajusta a derecho?Del sorteo efectuado, a fin de establecer el orden de las opiniones se tieneel siguiente resultado: MIRTHA GONZALEZ DE CABALLERO, IRMAALFONSO DE BOGAR& Y CLARA ESTIGARRIBIA DE CARVALLO.A LA PRIMERA CUESTION; La Dra. Mirtha Gonzalez de Caballerodijo : La recurrente desistio expresamente del recurso de Nulidad, no obstante nose observa en la resolucion impugnada vicio o error alguno de procedimiento queautorice la aplicacion de oficio de lo que dispone el Art. 499 del Codigo deProcedimientos Penales, por lo que corresponde desestimar este recurso. Es mivoto.A sus turnos, las demas integrantes IRMA ALFONSO DE BOGARINY CLARA ESTIGARRIBIA DE CARVALLO, manifestaron adherirse al votoprecedente por sus mismos fundamentos.A LA SEGUNDA CUESTION; la Dra. Mirtha Gonzalez de Caballerodijo:Que, por la S.D. No 79 de fecha 15 be octubre de 2000, el Juzgado haresuelto: ".....CALIFICAR, la conducta de J. M. A. F. A., de conformidad al Art.334 del Codigo Penal de 1910, vigente al momento del hecho, en concordanciacon los articulos 34 inciso lo, y con las circunstancias atenuantes previstas en elARTICULO 3" inciso 2 y 5, y las agravantes del ARTICULO 3 1 incisos 3 y 12del mismo cuerpo legal. ..... DECLARAR reprochable a J. M. A. F. A., por estehecho punible por el cual se lo ha procesado y se ha demostrado suautoria ........ CONDENAR A J. M. A. F. A., a sufiir la pena de NUEVE ANOSDE PENITENCIARIA, que lo debera cumplir en la Penitenciaria Nacional deTacumbu, en libre comuhicacion y a disposicion de este Juzgado, debiendocompurgarla en fecha 13 de junio de 2005.. . . . . ANOTESE, registrese...".Contra dicha Sentencia Definitiva se alza la Defensora Publica en lo PenalAbog. Ada Carolina F. de Gorostiaga, interponiendo los recursos de apelacion ynulidad, conforme constancia en autos.La representante de la defensa en est9s autos, al expresar agravios, solicitaconcretamente, la ABSOLUCION DE REPROCHE Y PENA a su defendido

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