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Descargar Obra - Poder Judicial

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EXPEDIENTE: "A. A. V. S/ FILIACION"A.I. N": 13Asuncion, 19 de febrero del 2003.VISTO el recurso de apelacion en subsidio interpuesto contra el A.1.No588 del 02 de octubre del 2002, dictado por el Juzgado de la Ninez y la Adolescenciadel Sexto Turno, fs. 38 yCONSIDERANDOEl punto uno de la resolucion impugnada dispuso que el senor A. TomasA. debera cargar con el 50% de los gastos que implique la realizacion pericialdel A.D.N.La pericia debe realizarse en el laboratorio genetico de la Policia Nacional,designandose como perito a la Dra. Marta Oviedo, directora del mismo.El senor A. T. A. se agravia contra esta disposicion, diciendo que lacarga de la prueba incumbe de manera exclusiva a la parte actora, que a el solamentele resta negar el hecho de ser progenitor de la nina A. A.. Solicita serevoque la parte de la resolucion que le impone solventar el 50% del costo dela pericia.La controversia se limita a decidir si el demandado debe o no abonar lamitad del costo del diligenciamiento de la mencionada pericia.Cabe destacar que el art. 184 del C.N. y A. preve que la prueba pericialde sangre de acido desoxirribonucleico (ADN) u otras pruebas cientificas equivalentesseran consideraban preferencialmente. Asimismo, conviene mencionarque el art. 8 sobre la Convencion sobre los Derechos del Nino consagra que losEstados partes se comprometen a respetar el derecho del nino y a preservar suidentidad.Si bien es cierto que el perito designado por el juzgado no percibirahonorarios por el trabajo a realizar, por ser funcionaria publica, esto no implicaque la realizacion de la pericia no requiera algun insumo, cuyo costo habra deser cubierto por las partes interesadas en dicha prueba, puesto que se utilizaranreactivos quimicos, cuya compra se efectuara del mercado que comercialiceesos productos quimicos.La oferente de la prueba ha sido la parte accionante. Sin embargo, eldemandado al no oponerse a su realizacion ni manifestar su desinteres, se haadherido a la misma. Esta situacion emerge del conjunto de actuaciones queobsawamos en el expediente. Asi en la audiencia de fs. 32, el demandado atraves de su abogado patrocinante manifesto que no se opone a dicha prueba,pero si a cubrir los gastos. A fs. 34 reitera que no se opone, es mas que se sometea la misma para llegar a la verdad real sobre el origen de la nina. En laexpresion de agravios de fs. 47, manifiesta que no tiene problemas de sometersea la prueba pericial para dilucidar el fondo de la cuestion y permitir de estamanera demostrar que'la parte actora miente, pero repite que no amerita pagar

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