13.07.2015 Views

Descargar Obra - Poder Judicial

Descargar Obra - Poder Judicial

Descargar Obra - Poder Judicial

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

meramente por la parte actora y luego por la parte demandada. No siendo posibleproducir todas las pruebas en un mismo dia, el Juez puede prorrogarlapara el dia siguiente habil y asi sucesivamente hasta que se hayan producidointegramente, sin necesidad de otra citacion que la que se hara en el acto. Concluidaslas mismas, se escucharan los alegatos de las partes por su orden. Culminadoslos alegatos, el Juez llamara autos para sentencia.Articulo 179.- DE LA SENTENCIA.El Juez fijara audiencia dentro de los seis dias posteriores al llamamientode autos, oportunidad en que dara lectura a su sentencia.Solo sera apelable la sentencia definitiva dictada por el Juez.- El recursosera interpuesto dentro del tercer dia de notificada la misma y sera concedido alsolo efecto devolutivo, salvo que se trate de una situacion que altere la guardadel nino o adolescente, o que concierna a su seguridad, en cuyo caso podradictarse con efecto suspensivo.El recurso debera ser fundado en el escrito de apelacion, y en el se incluiranlos reclamos a las pruebas ofrecidas y no admiti,das.Antes de dictar sentencia, el Tribunal podra disponer la admision y produccionde las pruebas no admitidas, asi como las medidas de mejor proveerque estime convenientes.Articulo 18 1 .- DEL PROCEDIMIENTO EN SEGUNDA INSTANCIA.Recibido el expediente, el Tribunal de Apelaciones de la Ninez y laAdolescencia correra traslado a la otra parte del recurso de apelacion interpuesto,por el plazo de tres dias. Contestado el mismo, el Tribunal fijara audienciapara la produccion de las pruebas que hubiese admitido. Solo podran ser admitidasy producidas las pruebas que hubiesen sido rechazadas en primera instancia,y el diligenciamiento de las mismas se hara conforme al procedimientoestablecido en elArticulo 178 de este Codigo.-Culminada la audiencia, el Tribunal llamara autos para resolver y dictarasentencia dentro del plazo de diez dias.Articulo 182.- DE LAS ACTUACIONES QUE COMPROMETENINTERESES DEL NINo.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!