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Descargar Obra - Poder Judicial

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que viabilizan o hacen admisible la adopcion a su respecto. Por eso hayquienes la equiparan a una declaracion de adoptabilidad8.'Logicamente, para conceder esta guarda, el organo jurisdiccional ademas,debera considerar las condiciones de los guardadores que, prima facie, lespermitiran convertirse en padres adoptivos, no olvidando que la adopcion,si se concede, retrotraera sus efectos al dia del otorgamiento de la guarda.En la segunda fase de los procedimientos adopcionales, es decir, en el juiciode adopcion propiamente dicho, se deberan verificar, exhaustivamente, lascondiciones de admisibilidad que legitiman a los guardadores para asumirlas responsabilidades especificas de los padres adoptivos, los medios de viday sus atributos eticos, los resultados de las encuestas ambientales y sociofamiliares acerca del trato recibido por el adoptando y respecto de su insercionen el nuevo hogar durante el periodo de guarda. La sentencia se pronunciara,en funcion del particular interes del menor, de acuerdo a las concretascircunstancias del caso, debiendo precisar el tipo de adopcion a concedersiempre que estuviesen satisfechos todos los requisitos sustanciales yde forma que determinen la procedencia de esa decision.Guarda judicial preadoptiva en el Derecho ArgentinoNo cualquier guarda judicial satisface las exigencias de la guarda con finesadoptivos que regula la ley, como requisito previo para poder incoar unademanda de adopcion.Si, sumarisimamente, solo se ha otorgado una simple guarda provisoria,dicha "guarda judicial" no deja expedita la via adoptiva porque con esta guarda,que quizas sea corolario de una privacion de tenencia encuadrada en el art.11 de la ley 10.903 argentina, el juez ha atendido solo a la necesidad, a la premurarequerida por la situacion, sin 'cumplimentar los restantes aspectos reguladosen el Codigo Civil Argentino, y omitiendo todosobreellos. Semejante guarda, cualquiera fuese el tiempo de su duracion, debe sercategorizada como una "medida cautelarVde estricta y neta seguridad y protecciondel menor, no equiparable a la guarda-preadoptiva, la cual, al tener unjafinalidad mas trascendente y compleja, exige la observancia de todos los requisitosestipulados en el Codigo Civil.11.4. 1.a Adopcion por personas residentes en el extranjeroPara el derecho Argentino, la declaracion de adaptabilidad es un emplazamiento abstractoque se hace con respecto al menor pero sin relacionarlo con los guardadores concretos quesolicitan la guarda; lo que en nuestra legislacion lo llamamos "declaracion en estado de adopcion"

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