08.06.2013 Views

Descargar (pdf) - iwgia

Descargar (pdf) - iwgia

Descargar (pdf) - iwgia

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

260 I<br />

El ESTAdo ESTAdo ANTE lA SoCIEdAd SoCIEdAd MulTIÉTNICA Y PluRICulTuRAl<br />

10. El proceso en sede penal contra los caciques Yukpas de la Sierra<br />

de Perijá<br />

Se presenta ahora el desarrollo del proceso seguido a los caciques Sabino Romero Izarra y<br />

olegario Romero, y el ciudadano Alexander Fernández, miembros integrantes del pueblo<br />

Yukpa de la Sierra de Perijá del Estado Zulia, con el recorrido procesal y las acciones que<br />

se intentaron para solicitar la aplicación de la jurisdicción indígena.<br />

10.1. Sinopsis de los hechos que dieron origen al proceso penal<br />

El día 13 de octubre de 2009, siendo aproximadamente las 6:30 de la tarde, se suscitó<br />

un enfrentamiento, sin concierto o acuerdo previo, entre un grupo de indígenas de<br />

la comunidad Chaktapa, asentado en la antigua hacienda Tizina, liderado por el cacique<br />

Sabino Romero Izarra en compañía de Alexander Fernández y otras personas, y<br />

un grupo de indígenas de la comunidad Guamo Pamocha, cuyo cacique es olegario<br />

Romero, en el sector del Río Yaza de la Sierra de Perijá del Estado Zulia, con el fin de<br />

aclarar un conflicto relacionado con el robo de un ganado y las tierras ocupadas. Como<br />

consecuencia de la mencionada refriega fallecieron la adolescente Mireña Romero y el<br />

ciudadano Ever Romero, resultando heridos el adolescente Manuel Segundo Romero,<br />

los ciudadanos Juan de dios Castro, Sabino Romero Izarra y Eddy Romero, y los niños<br />

Edixon Romero y Marilyn Romero.<br />

10.2. Proceso penal y recursos interpuestos por la defensa<br />

desde el inicio del proceso, la defensa ha opuesto la incompetencia del Tribunal penal<br />

ordinario por la materia y solicitó de conformidad con lo pautado en el artículo 28 del<br />

CoPP, la declinatoria a la jurisdicción especial indígena, de acuerdo a lo establecido en<br />

el artículo 260 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por considerar<br />

que estaban cumplidos los tres elementos esenciales de la citada jurisdicción en<br />

este caso, es decir: i) las partes involucradas son integrantes del pueblo Yukpa; ii) el lugar<br />

donde ocurrieron los hechos (comunidad de Guamo Pamocha) está ubicada dentro de<br />

las coordenadas y delimitaciones de un hábitat indígena y, además, iii) la existencia de<br />

autoridades legítimas en comunidades aledañas a esa localidad (la “oshipa” o Consejo<br />

General de Ancianos), los cuales, tienen sus costumbres y procedimientos propios para<br />

resolver conflictos.<br />

10.3. Decisión del Tribunal de control en fase investigativa<br />

El Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control del Municipio Rosario de Perijá<br />

del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante decisión Nº 1006-09, de fecha 23

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!