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CAPÍTulo 8 • dESARRollo dE lA JuRISdICCIóN ESPECIAl dE loS PuEBloS INdÍGENAS I 265<br />

10.10. Las conclusiones presentadas por las partes y la sentencia<br />

absolutoria del Tribunal de Juicio<br />

luego de aproximadamente ocho (08) meses de juicio oral y público, el día 09 de mayo<br />

de 2011 tuvo lugar las conclusiones que presentaron las partes ante el juez Segundo de<br />

Juicio del Estado Trujillo, dr. Antonio Moreno Matheus, quien para decidir se fundamentó<br />

-entre otras cosas-, en las siguientes circunstancias fácticas:<br />

- las condiciones medioambientales bajo las cuales ocurrieron los hechos el día<br />

13 de octubre de 2009 no permitieron individualizar las responsabilidades de<br />

los acusados, dado que fue aproximadamente a las 7:30 de la noche, con luz<br />

natural en un área de 350 metros aproximadamente.<br />

- las pruebas técnicas recolectadas por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones<br />

Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) del Ministerio de Justicia<br />

y presentadas por el Ministerio Público estaban viciadas: la muestra tomada a<br />

Alexander Fernández se realizó en el límite de tiempo establecido para obtener<br />

un resultado fiable. de igual forma, la muestra para realizar el estudio toxicológico<br />

a los acusados de autos se tomó en condiciones irregulares, sin la presencia<br />

de la defensa y de alguna autoridad competente.<br />

- No existieron pruebas científicas en este proceso que permitieran determinar<br />

a quién pertenecen las evidencias colectadas, el tipo de arma y mucho menos<br />

individualizar sobre las armas presentes en los hechos ocurridos.<br />

- El supuesto delito de “Agavillamiento” imputado por la Vindicta Pública era<br />

inexistente jurídicamente, por cuanto no existió una asociación permanente y<br />

continuada por parte del cacique Sabino Romero y sus acompañantes.<br />

- las declaraciones de los testigos presenciales del grupo del cacique olegario<br />

Romero mostraron una evidente inclinación en beneficio de su persona.<br />

- El único testimonio presencial del adolescente Eddy Romero llamó la atención,<br />

pero cayó en evidentes contradicciones en el juicio oral con lo declarado inicialmente<br />

ante los cuerpos policiales.<br />

- El conflicto se originó por la sistemática criminalización por parte del sector<br />

ganadero en contra del cacique Sabino Romero, tal como quedó demostrado en<br />

las primeras audiencias cuando el abogado defensor del cacique olegario Romero,<br />

acusó al cacique Sabino Romero de robar ganado (abigeato), aun cuando<br />

este delito no aparecía en el documento que introdujo el Ministerio Público el<br />

04 de diciembre de 2009.<br />

- No fue posible determinar con claridad si Alexander Fernández o Evert Romero<br />

dieron muerte a la adolescente Mireña Romero, por lo que se presentó una duda<br />

razonable.<br />

- Establecer si los acusados se encontraban bajo los efectos de la droga cuando<br />

ocurrieron los hechos es irrelevante dado que no se trata de un caso sobre drogas<br />

si no de homicidio.

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