08.06.2013 Views

Descargar (pdf) - iwgia

Descargar (pdf) - iwgia

Descargar (pdf) - iwgia

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

CAPÍTulo 3 • El RECoNoCIMIENTo CoNSTITuCIoNAl dE lA EXISTENCIA dE loS PuEBloS Y CoMuNIdAdES INdÍGENAS I 59<br />

conoce un derecho de propiedad colectiva sobre las tierras de los pueblos y comunidades<br />

indígenas, la cual tiene atributos especiales como su inalienabilidad; mientras que el viejo<br />

modelo agrario reconocía sólo un derecho de posesión y usufructo sobre las tierras ocupadas.<br />

Esto era reflejado en la extensión territorial concedida o dotada, normalmente en<br />

cantidades más o menos reducidas y coincidentes con los patrones de asentamiento de las<br />

comunidades beneficiadas por la adjudicación. la demarcación tal como se concibe en la<br />

Constitución, en la ley de demarcación y en la ley orgánica de Pueblos y Comunidades<br />

Indígenas, debe hacer una ruptura con el modelo anterior, y debe reconocer los derechos<br />

originarios sobre el hábitat y las tierras, así como la propiedad colectiva, en extensiones y<br />

cantidades suficientes para garantizar las formas específicas de vida de los pueblos indígenas.<br />

los datos de las demarcaciones realizadas y tituladas hasta el año 2009, referidas<br />

a comunidades individuales en áreas discontinuas, apuntan a que el modelo agrario no<br />

se ha superado aún, ya que las superficies de tierras son normalmente reducidas y no se<br />

corresponden con la unidad territorial de los pueblos indígenas beneficiados.<br />

Con relación a los avances en los procesos de reconocimiento territorial en diferentes<br />

países de la región, expertos en la materia han señalado algunos indicadores que permiten<br />

hacer un balance para verificar en qué medida se han implementado efectivamente<br />

estos derechos. Al respecto se señala que “Se debe hacer referencia por lo menos a los siguientes<br />

factores, como componentes forzosos en la coherencia y solidez de los trabajos en esta<br />

materia: el mayor o menor grado de decisión política, la claridad y seriedad de las medidas<br />

legales adoptadas, el volumen de tierras efectivamente adjudicadas en propiedad y la población<br />

cubierta con las medidas, y, finalmente, el poder real transferido a los pueblos indígenas, a<br />

través de leyes o medidas administrativas eficaces, para hacer un manejo independiente de los<br />

territorios.” 37 Partiendo de estas consideraciones, se observa que después de once años<br />

de aprobada la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y más allá de la<br />

aparente voluntad política y legal; no hay avances significativos con relación a la demarcación<br />

de hábitat y tierras indígenas en términos de extensiones delimitadas y el número<br />

de pueblos y comunidades indígenas beneficiadas, el proceso ha sido bastante lento, se<br />

han presentado problemas operativos, trabas institucionales y burocráticas, poco financiamiento<br />

y asignación de recursos, y falta de información para la realización efectiva;<br />

todo lo cual pareciera indicar la ausencia de una verdadera política de demarcación y<br />

la falta de garantía real para la protección de los territorios indígenas en Venezuela. Sin<br />

embargo, más allá de esta situación en cierta manera frustrante, también se reconoce que<br />

el proceso de demarcación y sobre todo las autodemarcaciones realizadas por los propios<br />

pueblos indígenas y sus organizaciones, han significado una oportunidad de revitalización<br />

cultural y étnica, una revalorización de sus territorios ancestrales y un fortalecimiento de<br />

la participación comunitaria en la toma de decisiones.<br />

de acuerdo a los datos presentados públicamente por la Secretaría Ejecutiva de la<br />

Comisión Nacional de demarcación del Hábitat y Tierras de los Pueblos y Comunidades<br />

Indígenas, coordinada por el Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, referidos a<br />

las demarcaciones y espacios reconocidos mediante titulación; el estatus de la demarcación<br />

del Hábitat y Tierras Indígenas a octubre de 2009, según la fuente oficial, es de 40<br />

títulos en 6 estados. 38

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!