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Memorias VII Congreso Internacional 2017

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artículo 107 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2006 (LISR) para extenderse a<br />

los no inscritos en el RFC.<br />

En el año de 2008, se establece la obligación de informar en la declaración anual<br />

de personas físicas, sobre préstamos, donativos y premios de seiscientos mil<br />

pesos o más y entra en vigor la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo<br />

(IDE), la cual obligaba a las instituciones bancarias a recaudar el 2% sobre el<br />

excedente de 25,000.00 pesos depositados en efectivo por una persona en su<br />

cuenta bancaria en un mes de calendario, y enterarlo a la SHCP.<br />

En el año 2011 se enviaron alrededor de 500 mil cartas-invitación, estas llegaban<br />

al domicilio fiscal del contribuyente en medios impresos, cuando la autoridad<br />

registra inconsistencias en los datos que presentados por el contribuyente al darse<br />

de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), también porque hubiera<br />

detectado depósitos en efectivo en su cuenta bancaria que no declaro, los montos<br />

superiores a los 400,000.00 pesos; en caso que haya mayores ingresos a los<br />

declarados (discrepancia fiscal) o ante la falta de una declaración provisional<br />

periódica o anual.<br />

El 19 de noviembre del 2012 se firmó un convenio intergubernamental entre<br />

México y Estados Unidos de América para facilitar la implementación de la ley<br />

extraterritorial estadounidense llamada Foreign Account Tax Compliance Act<br />

(FATCA) esta ley fue promulgada en los E.U. el 18 de marzo del año 2010,<br />

regulándose medularmente en ella, que las instituciones financieras y otros<br />

intermediarios extranjeros deben informar directamente al Servicio de Impuestos<br />

de EEUU (IRS – Internal Revenue Service) sobre las cuentas de más de 50 mil<br />

dólares de los ciudadanos norteamericanos en el extranjeros. Una vez firmado el<br />

convenio entro en vigor el 1 de enero del 2013 donde las instituciones financieras<br />

de ambos países deberán enviar un reporte a las Autoridades, a través del cual se<br />

informará sobre los titulares de cuentas bancarias cuyo importe supere $50,000.00

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