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188 Derecho procesal civil

mo procesal”. 1 Y, en efecto, toda la actividad procesal, desde la demanda hasta

los alegatos, se realiza con objeto de lograr una decisión del juzgador sobre el

conflicto sometido a proceso. En último análisis, el proceso no es sino un

instrumento de preparación, documentación y legitimación de la decisión principal

del órgano jurisdiccional contenida en la sentencia. “La sentencia —apunta

con acierto Liebman— es conceptual e históricamente el acto jurisdiccional

por excelencia, en el cual se expresa de la manera más característica la esencia

de la iurisdictio: el acto de juzgar.” 2

La sentencia es también la conclusión de esa experiencia dialéctica que

constituye el proceso: frente a la tesis (acción o pretensión) del actor y la

antítesis (excepción) del demandado, el juzgador expresa la síntesis (sentencia)

que resuelve la contradicción (el litigio).

9.2. Concepto de sentencia

Couture distingue dos significados de la palabra sentencia: como acto jurídico

procesal y como documento. En el primer caso la sentencia es el acto procesal

“que emana de los agentes de la jurisdicción y mediante el cual deciden la causa

o punto sometido a su conocimiento”. A su vez, como documento, “la sentencia

es la pieza escrita, emanada del tribunal, que contiene el texto de la decisión

emitida”. 3 En este capítulo se analizará la sentencia particularmente como

acto jurídico procesal y sólo se hará referencia a ésta como documento al analizar

su estructura formal (infra 9.9).

Para Alcalá-Zamora la sentencia “es la declaración de voluntad del juzgador

acerca del problema de fondo controvertido u objeto del proceso”. 4 Por su

parte, Fix-Zamudio considera que la sentencia “es la resolución que pronuncia

el juez o tribunal para resolver el fondo del litigio, conflicto o controversia, lo

que significa la terminación del proceso”. 5

1

Piero Calamandrei, “La génesis lógica de la sentencia”, en Estudios sobre el proceso civil, trad. de

Santiago Sentís Melendo, Bibliográfica Argentina, Buenos Aires, 1961, p. 370.

2

Enrico Tullio Liebman, Manuale di diritto processuale civile, 4a. ed., t. I, Dott. A. Giuffrè Editore,

Milán, 1980, pp. 216 y 217.

3

Eduardo Couture, Fundamentos del derecho procesal civil, 3a. ed., Depalma, Buenos Aires, 1958,

p. 277.

4

Niceto Alcalá-Zamora y Castillo y Ricardo Levene (h), Derecho procesal penal, t. III, G. Kraft,

Buenos Aires, 1945, p. 237.

5

Héctor Fix-Zamudio, “Derecho procesal”, en El Derecho, Colección “Las humanidades en el

siglo XX”, UNAM, México, 1975, p. 99.

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