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derecho_procesal_civil__-_ovalle_favela.pdf_·_versión_1

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15. Juicio de

mínima

cuantía

Objetivos

Al concluir este capítulo, el alumno deberá ser capaz de:

• Identificar los juicios de la competencia de los juzgados de paz en materia

civil

• Explicar qué entiende por juicio de mínima cuantía

• Describir los orígenes y el desarrollo de la justicia de paz

• Explicar las características principales de juicio de mínima cuantía

• Describir las partes principales del juicio de mínima cuantía.

15.1. Noción

El CPCDF, en su último título denominado especial y con el epígrafe “De la

justicia de paz”, reglamenta el juicio que debe seguirse, en materia civil, ante

los juzgados de paz del Distrito Federal. A través de este tipo de juicio, denominado

de mínima cuantía, se tramitan demandas civiles patrimoniales cuyo

valor económico no exceda de las cantidades que se determinen con base en lo

que dispone el art. 71, fracc. I, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia

del Distrito Federal de 1996 (en lo sucesivo, LOTSJDF). Este precepto prevé

que los juzgados de paz en materia civil conocerán de juicios sobre propiedad y

demás derechos reales sobre inmuebles, que tengan un valor hasta de 60 mil pesos, y de

los demás juicios civiles cuyo monto no exceda de 20 mil pesos, siempre que tales

juicios no sean de la competencia de los juzgados civiles, de lo familiar o del

arrendamiento inmobiliario. Estas cantidades se deben actualizar cada año,

con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor que el Banco de

México determine.

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