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238 Derecho procesal civil

En ningún caso la aclaración de la sentencia puede modificar el sentido de

ésta, sino sólo explicar o precisar algún concepto o suplir alguna omisión, ya

que las sentencias no pueden ser revocadas o modificadas por el mismo juez que

las haya dictado (art. 683). 15 En otras palabras, los medios de impugnación de las

sentencias siempre son verticales o devolutivos.

Por último, conviene señalar que el art. 358 del CPC del estado de Sonora

también establece, como recursos, la revocación y la reposición, la apelación y

la queja.

15

Cfr. ASJF 1917-1985, 4a. parte, p. 53, con el rubro “ACLARACIÓN DE SENTENCIA, ALCANCE DE LA”;

así como la tesis III.2O.C.419 C, “ACLARACIÓN DE SENTENCIA, SU CONCEPTO Y ALCANCES A LA LUZ DE

LOS ARTÍCULOS 82 Y 422 DE LA LEY ADJETIVA DE JALISCO”, Semanario Judicial de la Federación, Octava

Época, t. XIV, noviembre de 1994, p. 329.

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