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Jay-Martin-La-Imaginacion-Dialectic-A-Una-Historia

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oer, Fromm o Adorno, lo cual también sirvió para distanciar<br />

su obra de la de aquellos. En síntesis, aunque<br />

está claro que Neumann poseía una mente analíticamente<br />

inquisitiva, cosa que los otros reconocieron, generalmente<br />

se lo consideró más próximo en muchos aspectos<br />

a Grossmann y Wittfogel, a pesar de su desagrado<br />

por el stalinismo. •<br />

<strong>La</strong> primera contribución de Neumann a la Zeitschrift,<br />

en 1937, reflejaba sus preocupaciones legales '. En ella,<br />

rastreaba la función cambiante de la teoría jurídica en<br />

la sociedad burguesa, subrayando particularmente lo<br />

ocurrido en el siglo xx. Se centraba, entre otras cosas,<br />

sobre la celebrada nación liberal de igualdad ante una<br />

ley impersonal que, afirmaba, servía como una máscara<br />

ideológica para la dominación de la burguesía y una<br />

ayuda para el funcionamiento de un sistema de libre<br />

empresa que dependía del cálculo legaL El llamado imperio<br />

de la ley, insinuaba Neumann, contenía un engaño<br />

en su negativa a admitir que detrás de las leyes estaban<br />

siempre los hombres, o más precisamente, ciertos grupos<br />

sociales 7•<br />

Al mismo tiempo, sin embargo, señalaba el aspecto<br />

positivo de la teoría liberal, con su garantía de por lo<br />

menos un mínimo de igualdad jurídica. «<strong>La</strong> igualdad<br />

ante la ley es, ciertamente, 'formal', es decir, negativa<br />

(recuérdese la distinción entre libertad negativa y positiva<br />

hecha en el capítulo anterior). Pero Hegel, quien<br />

percibió claramente la naturaleza puramente negativoformal<br />

de la libertad, ya ha advertido sobre las consecuencias<br />

de descartarla• '. Al razonar de este modo, Neumann<br />

repetía los argumentos de Horkheimer y Marcuse<br />

sobre el lugar de la lógica formal; aunque insuficiente<br />

por sí mismo, el formalismo suministraba una salvaguardia<br />

vital, peligrosamente ignorada por la racionalidad<br />

sustantiva, ya fuera formal o lógica. El formalismo,<br />

en síntesis, era un momento genuino de la totalidad<br />

dialéctica, que no debiera simplemente negarse.<br />

6 FRANZ NEUMANN, «Der Funktionswandel des Gesetzes im<br />

Recht der bürgerlichen Gesellschaft», ZfS VI, 3 (1937), reimpreso<br />

en inglés como «The Change in the Function of <strong>La</strong>w in Modern<br />

Society», en The Democratic and the Authoritarian State, de<br />

-donde están tomadas las citas.<br />

' 1 de m, p. 39.<br />

' 1 de m, p. 42.<br />

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