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Libro mineria_vol. III_serie final

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Contraloría General de la República<br />

explotación y el agotamiento de los recursos naturales; para lo cual deben elaborar nuevos<br />

valores, normas, técnicas jurídicas y principios donde prime la tutela de valores colectivos<br />

frente a valores individuales (artículos 67 inciso 2, 79, 88, 95 numeral 8).<br />

Luego del enunciado de principios, limitantes, acotaciones, criterios y del marco ambiental<br />

existente, en el documento se llega al terreno de las definiciones sobre pasivos ambientales<br />

mineros. Sin embargo, llama la atención que los pasivos no son divididos en función del tipo de<br />

minería, ni de los daños diferenciales causados por una u otra clase de materiales/minerales, ni<br />

en función de los eco/geosistemas afectados (sobre o por debajo del nivel freático, o en páramos<br />

o en selvas amazónicas, entre otras).<br />

Pasivo ambiental minero<br />

Es una obligación que se origina en pérdidas significativas de bienestar o riesgos inminentes<br />

para las personas, que se presentan como consecuencia del detrimento de los<br />

recursos naturales renovables, cuando éste detrimento supera los niveles social, técnica<br />

o legalmente aceptables y ha sido causado por una actividad minera. (subrayado fuera<br />

de texto, pag. 28)<br />

Pasivo ambiental minero configurado<br />

Es el pasivo ambiental causado por actividades mineras inactivas, abandonadas y sin<br />

responsable evidente, cuya solución el Estado decide asumir, sin perjuicio de la responsabilidad<br />

jurídica que le cabe a los particulares. (…)<br />

Las condiciones para que este tipo de afectaciones o riesgos se constituyan en un pasivo<br />

ambiental consolidado sobre el cual el Estado debe decidir actuar (sin renunciar a exigir<br />

al causante su responsabilidad, cuando ello sea posible) y que son susceptibles por tanto<br />

de aplicar políticas públicas de remediación, son:<br />

• Que las pérdidas de bienestar que se presentan, o se pueden presentar, debido al<br />

detrimento ambiental sean significativas y afecten de manera importante a las personas,<br />

a las actividades productivas, a la infraestructura o a los ecosistemas.<br />

• Que el área minera no se encuentre actualmente en explotación.<br />

• Que no exista un titular minero identificado, responsable del área degradada por la<br />

minería o que, existiendo el titular, sea claro que la responsabilidad es de terceros no<br />

identificables (pp. 28 y 29).<br />

Pasivo ambiental minero contingente o en configuración<br />

Es el pasivo ambiental potencial que se acumula por actividades mineras actuales, que<br />

son de responsabilidad de los particulares pero cuya prevención le compete tanto a ellos<br />

como al Estado, de acuerdo con la normatividad vigente que sea aplicable. (…)<br />

Se mencionan en esta definición las actividades mineras actuales, haciendo referencia a<br />

impactos ambientales no prevenidos, o inadecuadamente manejados, que violan las normas<br />

y los estándares técnicos aceptados, y que podrían ser prevenidos o mitigados si se<br />

Minería en Colombia<br />

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