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Libro mineria_vol. III_serie final

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Contraloría General de la República<br />

más importantes de la agenda nacional de los próximos años. ¿Cómo hacerlo? Dos referentes<br />

ayudan a abordar la respuesta a este interrogante:<br />

Primero, sobresale el hecho de que dos empresas públicas, Codelco en Chile y Petrobras en Brasil,<br />

reconocidas en América Latina por su participación en nombre del Estado en actividades<br />

extractivas, contribuyen al logro de fines del Estado, suministrando una elevada renta estatal<br />

por la vía de los dividendos y regalías, proveyendo bienes y combustibles que los aparatos<br />

productivos requieren, aportando con su experiencia al fortalecimiento de la economía y con<br />

información a la regulación y el desarrollo normativo.<br />

Segundo, la experiencia en el caso colombiano de los hidrocarburos es también un buen referente<br />

para la minería: en los contratos de asociación, mediante los cuales la Empresa Colombiana de<br />

Petróleos (Ecopetrol) se asociaba con empresas privadas, la compañía estatal además de pagar<br />

regalías e impuestos, entregaba dividendos al Estado. Aunque hoy ya no existen los contratos de<br />

asociación petrolero, han surgido nuevos modelos contractuales, pero la empresa estatal continúa<br />

generando regalías, impuestos y dividendos para sus accionistas: el Estado y particulares.<br />

El enfoque de la operación de Ecopetrol se ha orientado a la concreción de políticas de interés<br />

general –aunque no deben menospreciarse falencias de la empresa en consultas con comunidades<br />

y en el uso de técnicas discutibles para la exploración y explotación, entre otros, como en<br />

el caso de los campos Rubiales y Quifa en el Departamento de Casanare, objeto de debate en la<br />

actualidad–, y ahora se enfoca en el descubrimiento de reservas de crudo y gas que prolonguen<br />

en el tiempo la auto-suficiencia energética del país 46 .<br />

A su turno, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) recauda las regalías de Ecopetrol y de<br />

las compañías privadas, en especie, dispone de ellas, entre otras, para abastecer el mercado<br />

nacional de combustibles, y las monetiza para distribuir estos dineros a través del Sistema General<br />

de Regalías.<br />

En el caso de la minería, por el contrario, algunas normas se orientan expresamente a reducir<br />

los ingresos del Estado. La deducción de las regalías de los impuestos que pagan las compañías<br />

mineras o la negativa del Ministerio de Minas y Energía a ordenar que las mineras que operan en<br />

Reconocimientos de Propiedad Privada pagan las mismas regalías establecidas en la Ley 141 de<br />

1994, son ejemplos claros de privilegios económicos del sector.<br />

Algunas compañías mineras argumentan que, al no existir una empresa estatal que se haga<br />

cargo de las regalías en especie, ellas adquieren minerales para el pago de regalías, consignan<br />

el producto de la compra en el Sistema General de Regalías y descuentan este monto de sus<br />

impuestos, argumentando que para ellas es un costo más.<br />

Es inaceptable que las autoridades oficiales permitan este descuento ya que: a) no reconoce el<br />

agotamiento de los RNNR del país, b) reduce aún más las ya moderadas regalías establecidas en<br />

46 No significa esto que el país no deba avanzar rápidamente en una política de sustitución de combustibles<br />

fósiles por energías limpias, que sería lo más deseable para el país.<br />

54 Minería en Colombia

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