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Libro mineria_vol. III_serie final

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Contraloría General de la República<br />

Consecuentemente, surgen interrogantes tales como ¿Qué va a pasar cuando las compañías den<br />

por terminada su “obligación” y abandonen las antiguas áreas de explotación? ¿Quién tendrá<br />

que asumir las consecuencias de la ausencia de una adecuada compensación de los daños?<br />

Un ejemplo del traslapamiento de las normas mineras sobre las ambientales es el artículo 34 del<br />

Código de Minas, en el cual se señala que para que la autoridad ambiental pueda declarar zonas<br />

excluibles de la minería deberá hacerlo con base en estudios técnicos, sociales y ambientales<br />

con la colaboración de la autoridad minera en aquellas zonas de interés minero.<br />

Hasta ahora, los conceptos de la autoridad minera defienden el derecho a hacer minería apoyados en<br />

la declaratoria de utilidad pública e interés social, incluso en zonas de enorme importancia ecosistémica,<br />

como el páramo de Santurbán y Pisba, o en el parque natural Yaigojé-Apaporis, entre otros.<br />

El Código de Minas traslapa aspectos de otras normativas y blinda a la minería de algunas exigencias<br />

relativas al ambiente, el ordenamiento territorial, los derechos de comunidades étnicas<br />

y el estatuto tributario.<br />

Renta minera y distribución de regalías<br />

En el ámbito económico se destacan las investigaciones realizadas por la CGR sobre la tributación<br />

de la minería como la publicada en los <strong>vol</strong>úmenes 1 y 3 de la <strong>serie</strong> Minería en Colombia, en<br />

las que concluye que Colombia, junto con Perú y Chile, son los países en los que la participación<br />

del Estado en la renta minera es la más baja comparada con los demás países de la región 21 . En<br />

efecto, con base en cifras oficiales se demuestra que mientras la tasa nominal del impuesto a la<br />

renta es del 33% en Colombia 22 , la tasa efectiva promedio resulta significativamente inferior,<br />

cercana al 12%, como consecuencia de la diversidad de deducciones, exenciones y descuentos<br />

que les son autorizados a través del Estatuto Tributario.<br />

Igualmente, se muestra que en casos como el carbón, que representa el mayor componente de la<br />

extracción minera del país, la participación del Estado en las utilidades totales, a través de impuestos<br />

y regalías, es del orden del 50% y no entre el 69% y el 76% que arrojan los estudios contratados<br />

a la firma Ernst & Young por el gremio de gran minería 23 . Sin contar con que, además, el Estado no<br />

recibe directamente parte de las utilidades de esta actividad extractiva, como sí sucede en el caso de<br />

Ecopetrol por ser una empresa eminentemente pública que compite con el sector privado.<br />

La deducción de las regalías del impuesto de renta de las compañías es uno de los beneficios<br />

más controvertidos y actualmente es objeto de estudio por parte del Consejo de Estado. Un<br />

21 Rudas, G. y Espitia J. E. (2013). Participación del Estado y la Sociedad en la renta minera. En: Garay, L.<br />

J. et al. Minería en Colombia. Derechos, políticas públicas y gobernanza. Vol. 1. Contraloría General de la<br />

República. Bogotá.<br />

22 El impuesto nominal de renta bajó del 33% al 25% con la reforma tributaria de diciembre de 2012.<br />

23 Rudas, <strong>vol</strong>. 3 y Ernst & Young (2012).<br />

42 Minería en Colombia

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