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Libro mineria_vol. III_serie final

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Contraloría General de la República<br />

Viene...<br />

Régimen general<br />

Registro de inversión extranjera/Es automático<br />

en el momento en el que se dirigen los fondos a<br />

través del mercado cambiario, a través de la presentación<br />

del formulario No. 4.<br />

La capitalización de sumas “con derecho de remesa,”<br />

tales como intereses o dividendos pagaderos,<br />

se registran usando el formulario No. 11.<br />

Fecha Límite<br />

Para el registro de sumas con derecho de remesa,<br />

hasta el 31 de marzo del año siguiente a la inversión.<br />

Actualización anual de la inversión extranjera<br />

Formulario No. 15 “Conciliación de patrimonio –<br />

compañías y sucursales del régimen general.”<br />

Fecha Límite<br />

Junio 30 si fue hecho electrónicamente, o 30 de<br />

abril si fue presentado en documento físico.<br />

El pago de importaciones tiene que ser hecho<br />

através del mercado cambiario colombiano.<br />

Los recaudos de las exportaciones tienen que<br />

traerse al mercado cambiario colombiano.<br />

Estas entidades pueden entrar a realizar (pasiva o<br />

activamente) transacciones de endeudamiento en<br />

el extranjero./La moneda extranjera proveniente<br />

de operaciones de endeudamiento y sus costos<br />

financieros tienen que ser realizados a través del<br />

mercado cambiario colombiano.<br />

Estas entidades podrían tener cuentas corrientes<br />

o de ahorros en moneda extranjera con entidades<br />

financieras extranjeras y no se requiere que las re-<br />

Requisitos<br />

Operaciones extranjeras de comercio<br />

Endeudamiento externo<br />

Cuentas en moneda extranjera<br />

Régimen especial<br />

Registro de inversión extranjera<br />

Capital: Es automático en el momento en el que se<br />

dirigen los fondos a través del mercado cambiario,<br />

a través de la presentación del formulario No. 4.<br />

Fecha Límite<br />

Para el registro de ISCA, hasta el 31 de marzo del<br />

año siguiente a la inversión.<br />

Actualización anual de la inversión extranjera<br />

Formato No. 13 “Registro de ISCA y actualización de las<br />

cuentas de capital – sucursales del régimen especial.”<br />

Fecha Límite<br />

Hasta junio 30 del año siguiente del correspondiente<br />

año si no hubo movimientos en la cuenta ISCA;<br />

de otra forma, aplica la fecha de marzo anterior.<br />

Importaciones provenientes de la oficina principal<br />

o de terceros no pueden ser pagados en moneda extranjera;<br />

por lo tanto, todos los bienes que entren<br />

al país deben entrar como contribución de la oficina<br />

principal. Las importaciones, por lo tanto, clasifican<br />

como importaciones no reembolsables y, así,<br />

no hay que hacer el pago en moneda extranjera.<br />

No hay obligación de reintegrar al mercado cambiario<br />

colombiano los recaudos de sus exportaciones.<br />

Estas entidades no pueden entrar a realizar (pasiva<br />

o activamente) transacciones de endeudamiento<br />

en el extranjero por ningún concepto de<br />

“leasing” internacional.<br />

Estas entidades pueden tener cuentas corrientes<br />

o de ahorros en moneda extranjera con entidades<br />

financieras extranjeras y no se requiere que las re-<br />

Continúa...<br />

Minería en Colombia<br />

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