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Libro mineria_vol. III_serie final

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Contraloría General de la República<br />

Minería aluvial: Actividades y operaciones mineras adelantadas en riberas o cauces de<br />

los ríos; también se emplean métodos de minería aluvial para la extracción de minerales<br />

y materiales en terrazas aluviales.<br />

Minería marina: Actividades y operaciones mineras adelantadas en medios marinos o<br />

en el límite con ellos.<br />

Minería por paredones: Método de explotación de carbón en fajas delgadas verticales<br />

que son cortadas por medios mecánicos a lo largo de caras o paredes rectas.<br />

Minería subterránea: Actividades y operaciones mineras desarrolladas bajo tierra o subterráneamente”.<br />

(Subrayado y negrilla nuestra)<br />

En consecuencia, el Decreto 0933 de 2013 agrega al Glosario Minero el término minería tradicional,<br />

sin embargo, este concepto se encuentra contenido en la definición de minería ilegal.<br />

Pero esta norma no aclara la diferencia entre la minería ilegal y la informal, sino que genera aún<br />

mayor confusión. Para ilustrar el problema deben cotejarse estas disposiciones:<br />

Decreto 2191 de 2003- Glosario Minero –vigente Decreto 0933 del 09 de mayo de 2013<br />

Minería ilegal:<br />

Es la minería desarrollada sin estar inscrita en el<br />

Registro Minero Nacional y, por lo tanto, sin título<br />

minero. Es la minería desarrollada de manera<br />

artesanal e informal, al margen de la ley. También<br />

incluye trabajos y obras de exploración sin título<br />

minero. Incluye minería amparada por un título minero,<br />

pero donde la extracción, o parte de ella, se<br />

realiza por fuera del área otorgada en la licencia.<br />

Minería informal: constituida por las unidades de<br />

explotación pequeñas y medianas de propiedad individual<br />

y sin ningún tipo de registros contables.<br />

Minería tradicional:<br />

La minería tradicional es aquella que se ha ejercido<br />

desde antes de la vigencia de la Ley 685 de 2001,<br />

en un área específica en forma continua o discontinua,<br />

por personas naturales o grupos de personas<br />

naturales o asociaciones sin título minero inscrito<br />

en el Registro Minero Nacional, en yacimientos<br />

minerales de propiedad del Estado y que, por las<br />

características socioeconómicas de éstas y la ubicación<br />

del yacimiento, constituyen para dichas<br />

comunidades la principal fuente de manutención<br />

y generación de ingresos, además de considerarse<br />

una fuente de abastecimiento regional de los minerales<br />

extraídos. Esta minería es también informal y<br />

puede ser objeto de procesos de formalización… así<br />

como los programas de que trata el Capítulo XXIV de<br />

la Ley 685 de 2001-Código de Minas. Por lo anterior, se<br />

entiende que la minería tradicional es una especie de<br />

la minería informal. (subrayado y negrilla nuestra.)<br />

Así, entonces, la minería tradicional, según el Decreto 0933 de 2013, es también informal; se<br />

entiende que aquélla es una especie de la minería informal. En el Glosario Minero la minería ilegal<br />

es la desarrollada de manera artesanal e informal, al margen de la ley, luego si se comparan<br />

los dos términos se encuentra similitud conceptual en cuanto al tipo de minería.<br />

8. Decreto 480 del 06 de marzo de 2014<br />

Por el cual se reglamenta las condiciones y los requisitos para la celebración y ejecución de<br />

los subcontratos de formalización minera, por parte del titular minero del Subcontrato de For-<br />

Minería en Colombia<br />

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