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Libro mineria_vol. III_serie final

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Contraloría General de la República<br />

mercado cambiario está constituido por la totalidad de las divisas que deben canalizarse obligatoriamente<br />

por conducto de los intermediarios cambiarios o a través de cuentas de compensación.<br />

El régimen cambiario consagra para las inversiones de capital del exterior en materia de<br />

derechos cambiarios un régimen general y un régimen especial (Recuadro 1), este último<br />

aplicable a las sucursales extranjeras que operen en las actividades de exploración y explotación<br />

minera o de hidrocarburos o en la provisión exclusiva de servicios técnicos al sector<br />

de hidrocarburos. (Recuadro 2).<br />

Para entender las transacciones que puede realizar una sucursal con su casa matriz bajo el<br />

régimen cambiario especial, durante las diferentes etapas de su actividad, se trae a colación<br />

el pie de página número 13 del documento de Collazos (2013): “Cabe señalar que los<br />

aportes en divisas recibidos por las compañías petroleras sucursales de empresas del exterior<br />

comprenden los recursos requeridos para financiar su capital de trabajo en moneda nacional,<br />

es decir para atender gastos locales ya que los gastos (aportes) en capital, bienes y tecnología<br />

los asume directamente la casa matriz en el exterior. Por su parte, las empresas con capital<br />

nacional como Ecopetrol, deben financiar una proporción mayor de su operación en moneda<br />

local y distribuir utilidades a los accionistas nacionales en pesos colombianos, lo que les<br />

obliga a reintegrar una proporción mayor de sus ingresos por exportaciones. A diferencia de<br />

Ecopetrol, las empresas sucursales distribuyen las utilidades generadas a sus inversionistas<br />

extranjeros a través de la exportación del petróleo, sin tener que demandar divisas en el mercado<br />

cambiario. Por ello, tanto en el caso de las empresas nacionales como de las sucursales,<br />

su actividad se traduce en una oferta neta de divisas en el mercado cambiario local”.<br />

En este orden de ideas, se entienden las diferencias entre la contabilidad de la balanza de<br />

pagos y la balanza cambiaria; y la importancia de presentar la relación que existe entre la<br />

actividad minera y la generación de divisas. Como muy bien lo señalan los investigadores<br />

del Banco de la República, “la actividad petrolera juega un papel determinante en el mercado<br />

cambiario como oferente neto de divisas” originada en lo fundamental “en la monetización<br />

de los ingresos en divisas por IED y en el reintegro de recursos originados principalmente en las<br />

exportaciones” de petróleo que realiza Ecopetrol, pues no hay reintegro de exportaciones de<br />

carbón o níquel en lo fundamental.<br />

En suma, se puede decir que el impacto del mercado de divisas de la minería (carbón y níquel)<br />

no es el más importante para la economía colombiana pues su nivel alcanza un valor<br />

cercano a los 2.000 millones de dólares al año durante el periodo 1994-2013, el 15% de la<br />

IED, mientras que en el caso de petróleo es el 35%. Ahora bien, cuando se evalúa el nivel de<br />

la IED en minerales respecto a las exportaciones reportadas por la balanza de pagos, se observa<br />

que éstas alcanzan un valor cercano al 30% en el periodo 1994-2012, en comparación<br />

con el 23% en hidrocarburos. En consecuencia, por cada dólar que se invierte desde el extranjero<br />

en el sector minero, las empresas luego reciben en el exterior, vía exportaciones,<br />

30 dólares, y 23 dólares en el caso de hidrocarburos. (Gráfico 12).<br />

Minería en Colombia<br />

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