27.08.2014 Views

Libro mineria_vol. III_serie final

Libro mineria_vol. III_serie final

Libro mineria_vol. III_serie final

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Contraloría General de la República<br />

Si tal insuficiencia probatoria se diere, lo cual podría deberse a inacción judicial y a la<br />

celeridad impuesta para que la protección de los derechos fundamentales sea oportuna,<br />

ya se ha efectuado referencia al principio de precaución, de imperio trasnacional e interno,<br />

que conduce a que la falta de certeza científica no puede aducirse como razón para<br />

postergar la adopción de medidas eficaces para precaver la degradación del ambiente y la<br />

generación de riesgos contra la salud.<br />

Así, para la Corte quedó claro que a pesar de que la autoridad ambiental señalara que existía<br />

cumplimiento de la licencia ambiental por parte de la empresa explotadora de carbón, esta sola<br />

circunstancia no era suficiente para garantizar los derechos fundamentales de los accionantes,<br />

de manera tal que corresponde a la ANLA y Drummond Ltd. ir más allá del simple cumplimiento<br />

de la autorización ambiental particular y concreta con la que cuentan y cumplir con los principios<br />

y mandatos constitucionales que tienen como fin garantizar los derechos fundamentales de<br />

los afectados por el proyecto, entre ellos el ambiente sano, que de manera evidente no se encuentra<br />

garantizado con el hecho de contar con licencia ambiental lo que pone en entredicho el<br />

alcance del instrumento y la eficacia de las medidas de prevención, control, manejo, corrección<br />

y compensación ordenadas por la autoridad ambiental y a cargo del beneficiario de la misma.<br />

De igual forma, la Corte pone de presente que tampoco es suficiente garantía para los accionantes<br />

contar el cumplimiento de la normativa ambiental colombiana en materia de emisión de<br />

material particulado, por lo que ordenó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que<br />

“analice a cabalidad y haga cumplir apropiadamente la preceptiva constitucional colombiana y, en<br />

lo que corresponda, las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de otros<br />

organismos internacionales relacionados en el presente fallo, particularmente frente a los efectos<br />

adversos a la salud y, en general, contra el ambiente, que genere la explotación carbonífera a gran<br />

escala, implantando y haciendo ejecutar las medidas adecuadas que deban tomarse para erradicar<br />

los referidos efectos” lo que de fondo significa que se debe expedir una regulación general que<br />

evite que se sigan vulnerando los derechos fundamentales de los colombianos en virtud del<br />

desarrollo de este tipo de actividades en lo que a la emisión de material particulado se refiere.<br />

A lo anterior, se suma que el Ministerio de Ambiente o en este caso la ANLA haga implantar y<br />

funcionar eficientemente, con el subsiguiente control, la amortiguación del ruido y la “erradicación”<br />

de las emanaciones de partículas de carbón, en la explotación, almacenamiento y<br />

transporte del mineral; supervisar el pleno cumplimiento de lo que a continuación se determina<br />

y prever o imponer, por el conducto correspondiente, las sanciones a que haya lugar, lo que nuevamente<br />

evidencia la ineficacia de las medidas establecidas en la licencia ambiental existente.<br />

Así mismo, ordena el Alto Tribunal que el “Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por<br />

conducto del respectivo Ministro o de quien al respecto haga sus veces, que con base en las guías<br />

recomendadas por la OMS y lo dispuesto por los demás organismos internacionales concernientes,<br />

promueva un plan de acción con actividades coordinadas de todas las instituciones que integran el<br />

Sistema Nacional Ambiental, con el objetivo de erigir una política nacional integral para optimizar<br />

y hacer cumplir prioritariamente la prevención y el control contra la contaminación del aire y del<br />

agua causada por la explotación y transporte de carbón”, siendo esta otra medida de carácter<br />

244 Minería en Colombia

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!