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Tiempos_para_pensar_TOMO1

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Tiempos para pensar estado, participación y poder popular<br />

En términos teóricos de la ciencia política, nos referimos a la implementación<br />

en un mismo contexto o plano político de la democracia<br />

moderada (representativa) y la democracia radicalizada (directa, participativa<br />

y protagónica).<br />

De igual manera, Manuel García-Pelayo (2005), al presentar sus<br />

disertaciones sobre las teorías modernas de la constitución, en términos<br />

generales advierte la situación de crisis que asiste la doctrina constitucional<br />

clásica moderna europea, al respecto señala que<br />

en virtud de las crisis de la legalidad y de los métodos positivistas, que son su correlato,<br />

se ha producido una tendencia al abandono del concepto racional normativo de<br />

constitución, acompañada del intento de formular una nueva concepción adecuada<br />

a la comprensión de las nuevas situaciones jurídico-constitucionales (p. 79).<br />

Es sobre esta descripción que establece García-Pelayo que se puede<br />

ubicar la pertinencia del término proceso constituyente, cuya expresión<br />

intenta dar cuenta de los pasos y momentos en que participan distintos<br />

sujetos que adoptan los desafíos de refundar el Estado y sus proyecciones<br />

para concretar el mismo (Bruzon, 2013, p. 19). Esta pertinencia también<br />

puede ser vista si se considera la siguiente apreciación de Julio César<br />

Fernández (1995), quien sostiene que “el análisis constitucional pasa por<br />

la aceptación de que las mencionadas reglas de juego político societario<br />

que se hallan en funcionamiento no necesariamente se encuentran en la<br />

constitución jurídico-formal, sino que las contempla esa Constitución no<br />

escrita que la doctrina ha denominado Constitución real” (p. 13). Refiere<br />

el autor que esa Constitución real es la verificación de la voluntad de los<br />

actores políticos. Un ejemplo, es la voluntad de un pueblo organizado<br />

por darse las transformaciones políticas que proyecte en el reconocimiento<br />

de sus propias temporalidades. En esto Oscar Vega Camacho<br />

(2010) afirma que esa voluntad política se torna, actualmente, como<br />

“un proceso constituyente donde la sociedad asume la tarea de hacer el<br />

Estado y el Estado es un producto de la sociedad” (p. 138). Añade Vega<br />

Camacho que este proceso debe ser entendido con sus propias temporalidades,<br />

modalidades y particularidades de una dinámica social que busca<br />

derrumbar viejas instituciones y erigir nuevas instituciones acordes a sus<br />

realidades concretas y proyecciones.<br />

Una precisión de esas temporalidades, que caracterizan a los procesos<br />

constituyentes, pueden ser la que advierte De Sousa Santos (2007), que<br />

versa en señalar las urgencias, emergencias y tensiones de hacer todo en<br />

un corto plazo y, por otra parte, esa especie de “sentimiento” de querer<br />

hacer todo a largo plazo, propio de la “naturaleza” de la crisis civilizatoria<br />

que asistimos (pp. 25-26). Ergo, esa suerte de temporalidad que rubrica los<br />

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