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Tiempos_para_pensar_TOMO1

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osa elena martínez garcía<br />

optimizar el contenido de las diversas disposiciones que están contenidas<br />

en los proyectos de leyes. Esa evolución que –insistimos– parte de la<br />

concepción de la participación ciudadana recogida en la Constitución<br />

de 1999, ya con un conjunto de por lo menos nueve leyes, entre las que<br />

destacan la Ley Orgánica del Poder Popular, la Ley Orgánica de las Comunas<br />

y la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, entre otras, que consagran y<br />

desarrollan el lenguaje, ámbito de aplicación, actuación y articulación<br />

de las organizaciones del Poder Popular, experiencias extraordinarias en<br />

materia de la figura del pueblo legislador, como lo es la experiencia con<br />

la Ley para la Regularización y Control de Arrendamientos de Vivienda<br />

vigente, la cual fue producto de la organización popular convertida<br />

en pueblo legislador para impulsar la aprobación de tan importante y<br />

necesario instrumento normativo.<br />

De acuerdo con el trabajo coordinado entre la Asamblea Nacional y<br />

la comunidad organizada, la tendencia podría ser la multiplicación de este<br />

tipo de iniciativas legislativas, en ejercicio de la participación ciudadana. Sin<br />

embargo, esta idea consagrada en el propio artículo 127 del Reglamento<br />

Interior y de Debates de la Asamblea Nacional nos indica cómo, de<br />

forma progresiva, podrán surgir otras formas de organización del Poder<br />

Popular vinculadas al parlamento, más allá de la función legislativa, lo<br />

cual constituye, sin dudas, un desafío a la función parlamentaria, cuyo<br />

órgano deberá adaptar su institucionalidad y consolidar –así como lo ha<br />

iniciado en cuanto a la elaboración de las leyes se trata– espacios para la<br />

participación efectiva y protagónica del pueblo organizado en las otras<br />

áreas de su competencia, es decir, hacia el control político, el tema presupuestario<br />

y el debate político, funciones que constitucionalmente se le<br />

atribuyen a la rama legislativa del Poder Público, con la obligación de que<br />

éste construya esos espacios de participación que definen la esencia del<br />

protagonismo democrático en Venezuela y permiten seguir avanzando<br />

hacia la transformación del Estado y la refundación de la República.<br />

referencias bibliográficas<br />

Altez, Yara (2007). La participación popular y la reproducción de la desigualdad.<br />

Caracas: UCV CDCH.<br />

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999, 15 de<br />

diciembre). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela<br />

N° 36.860. Caracas, 30 de diciembre de 1999.<br />

Del Águila Vallespín, Rafael y otros (2007). La democracia en sus textos.<br />

Barcelona: Alianza Editorial.<br />

Escarrá Malavé, Carlos (2013). Documentos. Volumen I. Serie Sociedad,<br />

derecho y justicia: bases para el Estado socialista. Eficem. p. 27.<br />

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