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Tiempos_para_pensar_TOMO1

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Tiempos para pensar derechos humanos y seguridad ciudadana<br />

enseñanza para el futuro para no caer en las desviaciones conceptuales<br />

del pasado. Se considera un gran documento político-constitucional.<br />

Pensando en la Constitución de Angostura de 1819, Bolívar dijo:<br />

Ínterin se organiza un Gobierno legal y permanente, me hallo ejerciendo la autoridad<br />

suprema, que depondré en manos de una Asamblea de notables de esta<br />

capital que debe convocarse para erigir un gobierno conforme a la naturaleza de las<br />

circunstancias y a las instrucciones que he recibido de ese augusto Congreso.<br />

El Libertador pensaba en la alternabilidad en el poder y en el derecho<br />

a la participación, al estimar la importancia de la Constitución como el eje<br />

de la división de los poderes públicos y el sostenimiento de los derechos<br />

de los ciudadanos. Según los documentos provenientes del Libertador,<br />

propuso a la Asamblea celebrada en el año de 1813 lo siguiente:<br />

la elección del presidente de todos los estados; la forma de gobierno y la<br />

Constitución del Estado; pronunciamiento sobre la unión con la Nueva<br />

Granada. Este trabajo constitucional, a pesar de su estructura, no pudo<br />

entrar en vigencia por la guerra contra España, pero sí quedo en la mente<br />

de Bolívar para el tema de la liberación de los esclavos.<br />

Tanto en Angostura (15 de febrero de 1819) como en Bolivia<br />

(19 de noviembre de 1826) las ideas de Bolívar sentaron las bases para<br />

la formación de los nuevos territorios. Todo fue ordenado, tanto en<br />

los principios como en las funciones generales y en las funciones de los<br />

poderes de los mandatarios. Dijo Bolívar refiriéndose a la Gran Colombia:<br />

“La reunión de la Nueva Granada y Venezuela en un gran Estado, ha<br />

sido el voto uniforme de los pueblos y gobiernos de esta República”, y<br />

agregó: “ya la veo sentada sobre el trono de la libertad, empuñando el<br />

cetro de la justicia, coronada por la gloria, mostrada al mundo antiguo la<br />

majestad del mundo moderno”.<br />

Esta primera organización militar incluyó, como era lógico, en el punto<br />

número cuatro la Administración de Justicia con base en el informe que<br />

presentó Rafael Diego Mérida a la Asamblea de enero de 1814, sobre este<br />

particular se tomaron cuatro puntos a ser resueltos:<br />

Establecimiento en Caracas de cuatro Corregidores para la Justicia<br />

Civil y Criminal.<br />

Establecimiento del Tribunal de Secuestro con su mecanismo especial de apelación.<br />

Restablecimiento de la Justicia Mayores en los Partidos del Interior.<br />

Establecimiento de un Tribunal Supremo de carácter ocasional dedicado a la<br />

atención de las posibles apelaciones que pudieran interponerse contra las decisiones<br />

de instancia.<br />

En los puntos indicados se sigue el pensamiento del jurista Francisco<br />

Javier de Ustáriz y como un asunto que nos concierne, para este momento,<br />

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