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Tiempos_para_pensar_TOMO1

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carlos antonio rengel<br />

cambios actuales y sus posibles desafíos se presentan con múltiples modulaciones<br />

de carácter difuso y con el “natural” y humano “hervidero” de<br />

las contradicciones sociales que convocan las transformaciones culturales.<br />

Una perspectiva de abordaje de los complejos y polisémicos 4 procesos<br />

constituyentes, sobre la base de la premisa del parágrafo anterior, es la<br />

identificación de etapas sobre los mismos, centradas en la hipótesis de<br />

admitir que son un “vehículo”, una herramienta para una transición<br />

política, es decir, “un saber-cómo” inacabado que impregna todas las experiencias<br />

del estar juntos en sociedad. En tal sentido, resulta interesante<br />

explorar la propuesta de Prada (2010) que consiste en intentar precisar<br />

temporalidades articuladas en los procesos constituyentes, estas son “la<br />

temporalidad preconstituyente, la temporalidad constituyente, y la temporalidad<br />

posconstituyente” (p. 89).<br />

Estas temporalidades constituyentes, aplicadas al proceso revolucionario<br />

bolivariano, nos permiten una observación que busca fijar<br />

posición entre las posturas de perpetuidad de las constituciones y las<br />

leyes –que ya ha sido ampliamente criticada desde hace tiempo; por<br />

ejemplo, tómese a modo de referencia a Tomas Jefferson, citado<br />

por Rafael Aguilera (2011), cuando afirmó “ninguna sociedad puede<br />

hacer una Constitución perpetua, ni siquiera una ley perpetua” (p. 2)– y<br />

las posturas erróneas de indefinición, de relativismo , de incertidumbre,<br />

de flexibilidad, de “vale todo”, en materia constituyente. Ambas posturas<br />

pueden truncar los desafíos de construir nuevas hegemonías “cargadas”<br />

de pueblo, la primera por llegar hacer hasta reaccionaria y violenta cuando<br />

ve atentada su situación de clase, y la segunda porque abre la puerta a<br />

los oportunistas, al gatopardismo, es decir, “cambiar todo para que nada<br />

cambie”. Pasemos ahora a emplear o “pincelar” brevemente –a modo de<br />

ejercicio– las temporalidades constituyentes mencionadas en el proceso<br />

revolucionario bolivariano.<br />

4 Sustentamos el carácter polisémico, siguiendo al Dr. García-Pelayo (2005), al exponer las tensiones y crisis<br />

de legalidad entre los métodos positivistas y los intentos de formular una nueva concepción adecuada a las<br />

nuevas realidades políticas, jurídico-constitucionales, entre otras. En este marco, aduce el pensador, que los<br />

intentos por un nuevo constitucionalismo y realidades jurídico-constitucionales “surgen en una situación<br />

de crisis (el destacado nos corresponde) en la que el objeto mismo de la investigación es impreciso y en la<br />

que el punto de vista de cada autor puede estar tan separado del de los demás como lo están los sistemas<br />

espirituales y las situaciones vitales de nuestra época, es claro que una exposición de conjunto es arriesgada<br />

y que forzosamente ha de dejar fuera puntos de vistas peculiares de cada autor [y, también, las diversas<br />

experiencias que se vienen sucediendo desde el pueblo organizado (poder popular)]” (p. 79).<br />

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