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Tiempos_para_pensar_TOMO1

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Tiempos para pensar modelo productivo y alternativas al desarrollo<br />

mineral aurífero como rubro de exportación dada su amplia demanda en<br />

los mercados nacional e internacional.<br />

En este contrato, conocido como la Concesión Gorrín, se contemplaba<br />

el beneficio de la explotación exclusiva de las Minas del Yuruareo por el<br />

término de sesenta años consecutivos, a contar desde la fecha del contrato.<br />

Así como también el beneficio de otro contrato o concesión correspondiente<br />

a treinta leguas en cuadro correspondientes a la antigua Misión<br />

del Caroní o sus inmediaciones (Memorias de Fomento, 1866, p. 55).<br />

El carácter de explotación exclusiva revestido por la Concesión<br />

Gorrín contradecía no sólo la esencia del Código Minero de 1854, sino<br />

también la alternativa, en términos de interés económico para el Estado,<br />

de conceder nuevos contratos; de ahí que, a la caída del régimen de José<br />

Tadeo Monagas en 1858, la llamada Concesión Gorrín fue sometida<br />

a revisión.<br />

El estallido de la Guerra Federal (1858-1863) interrumpió el proceso<br />

que se venía desarrollando de exploración y explotación de oro. El Estado<br />

se mostraba cada vez más interesado en la dinámica de explotación y<br />

aprovechamiento de los recursos mineros, sin embargo, a efectos de la<br />

firma de cualquier tratado o concesión al respecto debía garantizar un<br />

clima de cierta estabilidad política que, en esos momentos por la coyuntura<br />

de la guerra, no estaba en condiciones de satisfacer.<br />

Bajo estas circunstancias se trató de concertar fórmulas de integración<br />

del estado Guayana a la Unión Federal. En tales términos, escribió el<br />

general José M. Frontado, presidente del estado Guayana, al presidente<br />

de la República, Mariscal Juan Crisóstomo Falcón, en septiembre de<br />

1864, auspiciando la integración regional. Luego de una serie de negociaciones<br />

entre las partes, en octubre de ese año, se concretó la firma<br />

de un acuerdo mediante el cual el estado Guayana “reconocía la legitimidad<br />

del gobierno nacional, se reincorporaba a la Unión Federal y se<br />

comprometía (...) al desarme de sus fuertes al Mariscal Presidente, quién<br />

otorgó la más amplia amnistía y se comprometió a atender a los reclamos<br />

legales del estado Guayana (Francisco González Guinan, 1958, p. 330).<br />

El proceso contempló la derogación del Código Minero de 1854 y la<br />

implementación de una nueva disposición, contenida en la Constitución<br />

Federal de 1864, en virtud de la cual se consagraba la libre administración,<br />

por parte de los Estados, de sus recursos naturales. En tal<br />

sentido, se confería a cada Presidente de Estado la potestad de decidir<br />

con relación a la concesión de los recursos mineros. En este contexto,<br />

la Concesión Gorrín, que se había suscrito en virtud de los decretos de<br />

1854, fue pasada a la Corte Federal y, para el año de 1866, se declaraba la<br />

caducidad de la misma.<br />

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