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Tomo Tercero - MSINFO

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las partes;. las segundas pueden servir á las mismas<br />

dé principio de prueb.<br />

Por ejemplo: Antonio declara en un documento<br />

que es deudor á Félix, según arreglo de cuentas,<br />

de Ja suma de cinco mil bolívares, agregando que<br />

le ha satisfecho los réditos anterioimente véncidos.<br />

La declaración de la deuda es la cláusula dispositiva<br />

de la convención, la de no deber nada por réditos<br />

es una cláusula enunciativa, que v<strong>al</strong>e entre los •otor<br />

gantes prueba plena, pues el acreedor la ha dejado<br />

xpesar sin objeción <strong>al</strong>guna, y significa por ,tanto<br />

que el hecho es cierto para él.<br />

Antonió declara que vende á Félix tina , casa,<br />

qué h'ubo por donación que le hizo Clodio: esta<br />

última es una enunciación extraña á la coniención,<br />

que no <strong>al</strong>canza fuerza de prueba entre las partes, porque<br />

el dicho de Antonio en ese punto no da ningún<br />

derecho á Félix en el acto celebrado, ni le impone<br />

ninguna obligación con relación á él, peio puede<br />

servir de principio de prueba á Félix para justificar<br />

que Antonio recibió. de Clodio la casa en donación,<br />

cuando ambos fuesen herederos de Clodio y estuviesen<br />

sujetos á colación.<br />

-:-¿Y cuál es el mérito probatorio que ls enunciaciones<br />

tienen respecto de terceros? Los autórres<br />

enseñan qué las cláüsulas enunciativas, relacionadas<br />

directamente con el hecho jurídico que forma el objeto<br />

. princip<strong>al</strong> del acto, hacen fe en cuánto á erceros:<br />

la manifestación del deudor de que ha , pagado los<br />

réditos vencidos, á quo nos referimos en el ejempló<br />

Propuesto arriba, puede ser opuesta por , el deudor<br />

á un,acr.eedor que embarga el crédito ó á un cesionario.<br />

La circunstancia de no haber sido rechazada<br />

por la otra parte did á la declaración predicha el<br />

carácter de un reconocimiento de ellos, con igu<strong>al</strong><br />

furza probatoria qie la convención 'misma cn sus<br />

cla'tsulas dispositivas La prueba la constancia del

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