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Tomo Tercero - MSINFO

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237 -<br />

miento que tengan de esos actos es ya unhechopersona1,<br />

y sobre ese punto permite la ley el juramento.<br />

El juramento no se puede,-deferir sobre el derecho ó<br />

sobre un punto ó cuestión de derecho. En la legislación<br />

romana se permitía, según el edicto del pretor, fijar<br />

por el juramento de la parte el derecho que se <strong>al</strong>egaba<br />

y hasta la existencia misma del derecho reclamado,<br />

cuando era dudoso. «Jura que t<strong>al</strong> ley no es aplicable<br />

á esta controversia.)) «jura que no inc debes nada.)) «Jura<br />

que has adquirido legítimamente este predio.)) Las leyes<br />

modernas reducen e1 juramento <strong>al</strong> hecho que se controvierte,<br />

porque el derecho puede ser apreciado de diversos<br />

modos por los interesados y es el' Juez á 'quien<br />

toca aplicarlo.<br />

Art. 1.339. Puede ser deferido en cu<strong>al</strong>quier estado (lela<br />

causa; y aun cuando no haya ningún principiode prueba de la demanda<br />

6 de la excepción sobre que se defiçre el juramento.<br />

Es decir, antes ó después de la contestación (le la,<br />

demanda. El Código de Procedimiento Civil no proporciona<br />

ningún dato para conocer hasta qué oportunidad<br />

puede hacerse uso de este medio de prueba,<br />

del cu<strong>al</strong> no hay en ci Código dicho mención <strong>al</strong>guna.<br />

Es racion<strong>al</strong> creer que debe ácIniltirse lo msmo que las<br />

posiciones en los tiempos determinados por los artículos<br />

209 y 290 del Código citado y así lo establece ci nuevo<br />

Código.<br />

Queda otro punto que resolver en la adniisióñ de<br />

esa prueba, acerca de la que ignoramos que haya antecedente<br />

<strong>al</strong>guno en la práctica, ocasionada graves dificultades.<br />

Si se defiere el juramento durante los informes<br />

en primera instancia 5 antes de 'la vista de la causa<br />

en las ulteriores, ¿'debe suspenderse el curso de ella<br />

hasta que se cumplan los trámites indispensables para<br />

prestar el juramento deferido 6 referido?—Se. necesita<br />

que la ley lo diga entretanto, los Jueces harán bien<br />

en asimilar el juramento á las posiciones, que no suspenden<br />

el curso del juicio p<strong>al</strong>a evitar dilaciones m<strong>al</strong>iciosas<br />

6 simplemente perjudici<strong>al</strong>es, y porque es regla

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