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Tomo Tercero - MSINFO

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- .5.).i -<br />

Art. 1.47. La -cuestión sobre si la pérdida 6 el deterioro<br />

de la cosa vendida y aun no entregada debe ser de cuenta del<br />

vendedor 6 del comprador, se decidirá según las reglas esta-,<br />

blecidas en el Título De las obligaciones y de los con/r<strong>al</strong>os en<br />

gener<strong>al</strong>.<br />

Esta disposición, meramente de referencia,- es en.<br />

verdad inútil. Se puso -en el Código francés para refirmar<br />

que la decisión de ese punto no ,depende de la tradición<br />

de la cosa, sino de las reglas establecidas par<br />

las obligaciones del contrato.<br />

Véanse los artículos 1.212 y 1.265.<br />

Del saneamiento<br />

29 '- -<br />

Art. i.. Por el saneamiento que debe el- vendedor -<strong>al</strong>,<br />

comprador responde: -<br />

19 De la posesión pacífica de la cesa vendida.<br />

- 29 De los vicios ó defectos ocultos de la misma.<br />

El saneamíenlo es la obligación que tiene el vendedor<br />

de asegurar <strong>al</strong> comprador la posesión pacífica de<br />

la cosá respecto de todo hecho anterior <strong>al</strong> contrato,<br />

así como de los vicios ó defectos ocultos anteriores también<br />

á la venta.'<br />

Es una -circunstancia izo/ur<strong>al</strong>, no esenci<strong>al</strong> del contrato,<br />

porque ella existe por virtud de la ley, vo los<br />

contratantes pueden eliminarla ó modificarla.<br />

No sólo en la venta, en todos los contratos t título,<br />

oneróo, en los cu<strong>al</strong>es se trasmite la propiedad de la<br />

cosa, procede elstnt'amien/o. Existe también e11 1los que<br />

se cede únicamente el uso de la cosa, como en el ai'rendamien/o<br />

y el c(7;iz(,d<strong>al</strong>o. artículos 1.523 y 1.699. 'También<br />

es procedente en el legado, artículo 840, y en la donación,<br />

conforme <strong>al</strong> artículo 1054.<br />

La obligación de saneamiento es indivisible, artículo<br />

1 .168, porqu la responsabilidad que por virtud<br />

de la venta coiitiaé el vendedor-se funda en un hecho.<br />

que no es suseptil)l&d división natur<strong>al</strong>, -ni intelectu<strong>al</strong>..<br />

23-1'. III

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