30.08.2015 Views

al 1Iüifl lóbt*IXT

Tomo Tercero - MSINFO

Tomo Tercero - MSINFO

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

- 56 -<br />

tado la obligación ¡)m1tiva. las garantías que se reservan<br />

no v<strong>al</strong>drán más que hasta concurrencia de la<br />

deuda mencionada, y en lo que exceda no podrá oponerse<br />

perfectamente á los demás acreedores.<br />

Observamos que la ley habla de privilegios é<br />

lzzpoiecas y no de /ianas; omisión muy racion<strong>al</strong>, por<br />

que los deberes de los fiadores concluyen con la deuda<br />

que garantizan. artículo 1.807, y no se podría extender<br />

la caución sin la voluntad expresa de los fiadores<br />

que, asegurasen la nueva deuda contraída. En<br />

cuanto á los ftrivilegios, conviene recordar, que, excepto<br />

el de la prenda, ninguno de los otros se constituye<br />

por voluntad del deudor, sino por la causa del<br />

crtdifo, artículo 1.837.<br />

Si la novación se efectúa por el cambio de causa<br />

de la obligación, y por ella le vienen los privilegios<br />

de que goza para el pago desaparecerán indudablemente<br />

junto con la deuda á que estaban anexos. Te<br />

debo mil bolívares por <strong>al</strong>quileres, de una casa tuya<br />

que habito : convienes en que te otorgue un documento<br />

que contiene el reconocimiento de esa deuda,<br />

como v<strong>al</strong>or recibido en préstamo á interés. Aunque<br />

te reserves ci privilegio sobre mis muebles que se<br />

h<strong>al</strong>lan . en la casa arrendada, habrás perdido ese derecho<br />

con relación á mis otros acreedores, que podrán<br />

ejecutarlos para pagarse.<br />

Art. 1.242. Cuando la novación se efectúa por la sustitución<br />

de un nuevo deudor, los privilegios é hipotecas primitivos<br />

del crédito, no se transfieren á los bienes del nuevo deudor.<br />

Sigue tratando la ley sobre los efectos de la novación<br />

en lo accesorios de la deuda primitiva, y los<br />

considera ahora en la que se verifica por sustitución<br />

de la persona del deudor. Ningún precepto más lógico<br />

que éste: la obligación clue contrae el nuevo<br />

deudor reemplaza á la anterior que desapareció por la<br />

novación, junto con los privilegios é hipotecas que<br />

gravaban los bienes del antiguo deudor. Si el acreedor<br />

aceptó el cambio de deudor, fue porque h<strong>al</strong>ló

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!