30.08.2015 Views

al 1Iüifl lóbt*IXT

Tomo Tercero - MSINFO

Tomo Tercero - MSINFO

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

- 226<br />

lo prevenido en el artículo 1.333, cuando hubiere error<br />

de hecho.<br />

Art. 1.331. La confesión extrajudici<strong>al</strong> produce el mismo<br />

efecto, si se hace á la parte misma 6 <strong>al</strong> que la representa.<br />

Si se hace á un tercero, produce sólo un indicio.<br />

La confesión extrajudici<strong>al</strong> es la que se hace fuera<br />

del juicio, ora se verifique ante un Juez, ora se efectúe<br />

ante una autoridad administrativa ó en presencia<br />

dunQ ó varios particulares. Exígese -que se haga<br />

á la parte misma, ó á la-persona que la represente, para<br />

que produzca plena prueba, como la confesión judici<strong>al</strong>,<br />

porque así se determina la intención de reconocer<br />

la deuda ó su extinción.<br />

Hecha en ausencia de la parte puede estimarse<br />

como una simple conversación, á la cu<strong>al</strong> no se dió importancia,<br />

y por eso no v<strong>al</strong>e sino como indicio para<br />

ilustrar <strong>al</strong> Juez.<br />

Art. 1.332. La confesi6n extrajudici<strong>al</strong> no puede probarse<br />

por testigos, sino en los casos en que la ley admite ]aprueba de<br />

testigos.<br />

- Quedarían burladas las disposiciones leg<strong>al</strong>es relativas<br />

á la prueba por testigos, si con éstos pudiera<br />

acreditarse la confesión dicha. No será, pues, admisible<br />

la prueba enunciada sino en los casos prescritos en<br />

los artículos 1.311 á 1.317.<br />

Art. 1.333. La confesión judici<strong>al</strong> •ó extrajudici<strong>al</strong> no puede<br />

dividirse en perjuicio del confesante. Este no puede revocarla<br />

si no prueba que ella ha sido resultado de un error de hecho.<br />

-<br />

El principio consagrado por la ley desde la antigüedad<br />

de que la confesión es indivisible ha producido<br />

siempre las más arduas dificultades en la ciencia<br />

del Derecho, <strong>al</strong> decir de un ilustrado tratadista francés.<br />

La confesión puede presentarse de tres modos:<br />

Pziray. Sirnj5le, cuando es el reconocimiento absoluto<br />

del necho <strong>al</strong>egado por la parte: me reclamas mil

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!