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Tomo Tercero - MSINFO

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- '59<br />

los libros de un comerciante, es de aplicación obligatoria<br />

contra él, y no queda por consiguiente <strong>al</strong><br />

arbitrio de lbs tribun<strong>al</strong>es el admitirla ó desecharla.<br />

El comerciante no pued'e invocar en su favor lo que<br />

contengan sus libros, porque nadie puede crearse un<br />

título ó una prueba á sí mismo ; pero, como es de<br />

principio que la confesión es indivisible, la ley impone<br />

á la parte que acepta las partidas de los libros<br />

del comerciante que le son favorables, el deber de<br />

admitir también lo adverso en la combinación que<br />

resulta.<br />

Refiérese ésto <strong>al</strong> debe y haber de una cuenta que<br />

ha llevado una persona no comerciante con un comerciante.<br />

Si la primera admite y se prev<strong>al</strong>e de<br />

las partidas en que se han hecho constar sus abonos,<br />

no puede rechazar las en que aparecen los cargos:<br />

la combinación de éstos y aquéllos es la que produce<br />

el b<strong>al</strong>ance de que resulta acreedor el comerciante.<br />

El precepto no sería aplicable á otra deuda,<br />

no incluida en la cuenta dicha, que le reclamara el<br />

comerciante, porque f<strong>al</strong>taría la razón de la indivisibilidad<br />

enunciada, ó aunque la incluyese el comerciante<br />

para facilitarse la cobranza, cuando evidentemente<br />

representaba una operación ó negociación distinta<br />

de las de la cuenta mencionada. Verbo y gracia,<br />

si en una cuenta de frutos y mercancías, aparece una<br />

partida referente á una cantidad de dinero, proporcionada<br />

para comprar un inmueble ú otra cosa semejante.<br />

La persona á quien se opone una cuenta, cuyos<br />

cargos niega en todo ó en parte, deberá rechazarla<br />

en absoluto, tanto en lo favorable como en lo adverso,<br />

y entrar á probar por los medios leg<strong>al</strong>es los<br />

abonos que ha hecho <strong>al</strong> acreedor, si la controversia<br />

tiene por objeto determinar el b<strong>al</strong>ance contra el cu<strong>al</strong><br />

se invocó la excepción de pago y esperar que se<br />

prueben también los cargos, todo según las condiciones<br />

de procedimientc en que se ha situado la con-

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