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Tomo Tercero - MSINFO

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- 295 -<br />

puede verse obligado á restituir los frutos de los bienes<br />

de la mujer que de hecho administró. Esta por su<br />

parte no adquirirá ningún derecho en los bienés que<br />

se obtengan durante la unión ilegítima, los cu<strong>al</strong>es pertenecerán<br />

<strong>al</strong> hombre aunque se deban <strong>al</strong> trabajo y<br />

esfuerzos comunes, porque los bienes gananci<strong>al</strong>es son<br />

úñicamente resultados del matrimonio.<br />

39—Por el divorcio, que en nuestra legislación no<br />

está permitido sino en cuanto á cuerpos y bienes, no<br />

respecto del vínculo, artículos 151 y 152, y'éste, como<br />

'os que siguen, es un modo de terminar la sociedad<br />

conyug<strong>al</strong>, sin fenecer el matrimonio. El divorcio<br />

produce la extinción de la sociedad, cuando larnujer<br />

es la que ha dado causa á la separación: el marido conservará,<br />

si quiere, la administración dé la masa soci<strong>al</strong>,<br />

artículo r66, sin que por eso se entienda que<br />

continúa la sociedad conyug<strong>al</strong>. Cada cónyuge hará<br />

entonces suyos los frutos de los bienes que le perteiiecen,<br />

después de cubiertos los gastos comunes hasta<br />

que se efectúe la liquidación fdrm<strong>al</strong> de la comunidad.<br />

Según el artículo 163, puede la rnujei, si le écn\'iene,<br />

conservar la comunidad, cuando fue él marido quien<br />

dió causa <strong>al</strong> divorcio, aunque no subsista el estado soci<strong>al</strong>,<br />

y obligarle á continuar dese ñpeñan do' la adniinistración,<br />

porque la mujer soláménte es la que tiene en<br />

ese caso derecho de pedir la separación y puede reportarle<br />

ventajas permanecer en comunidad.<br />

!--Por aiiscicia. dcciii-a.dr xpia'la sociedad conyugál,<br />

de acuerdo con los irtículos y , y también<br />

por oscsióu dejiníbv7, decretada en conornudad<br />

c'on el articulo 46. El cónyuge present'e entra '<br />

sesión dé los bienes propios que le córrspondeu recibé<br />

su parte de gananci<strong>al</strong>es y dbjaii (le ser (livisibit's<br />

lb productos de'los bienes que ant( administraba, el<br />

jéfe de la sociedad, así como también hace cl . uyue<br />

'suyo Io'que adquiere con su trabajo o i nd Lstrrl.<br />

í':tifica. eta separación la cifcurstancia de que<br />

li . derr del cónyug é deólarao cl aTsente, ó del ";k¡' i

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