30.08.2015 Views

al 1Iüifl lóbt*IXT

Tomo Tercero - MSINFO

Tomo Tercero - MSINFO

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

239 -<br />

La referencia del juramento puede contraerse <strong>al</strong><br />

hecho en que se fundá la demanda, como en el caso antedicho,<br />

ó <strong>al</strong> hecho que constituye la excepción. «Jura<br />

que me has pagado la cantidad que te he prestado, dice<br />

eldemandante, y el demandado puede replicar: «Jura<br />

que no has recibido la cantidad que te pagué, etc.)) El<br />

efecto jurídico sería el mismo. Inútil es añadir que las<br />

condiciones de capacidad deben ser igu<strong>al</strong>es en el que<br />

defiere y en el que refiere.<br />

Art. 1.341. Aquel á quien s defiere el juramento y rehusa<br />

prestarlo y no lo reflere.á .su adversario, debe sucumbir en la demanda<br />

6 excepción; y del mismo modo debe sucumbir aquel fi<br />

quien se le ha referido, si rehusa prestarlo.<br />

He aquí la sanción de las disposiciones anteriores.<br />

La delación del juramento crea para la persona á quien<br />

se defiere una ob1igacin <strong>al</strong>ternativa: ó la de prestar el<br />

juramento, ó la de referirlo á la parte que se lo exige,<br />

mientras que la referencia del juramento produce una<br />

obligación pura y simple, porque corno vemos en el artículo<br />

siguiente queda en el forzoso deber de prestarlo.<br />

El que rehusa prestar ul juramento deferido 6 referido,<br />

ó que de <strong>al</strong>gún modo evade ese deber, no se considera<br />

simplemente confeso en ese punto de la prueba,<br />

como sucede en: las posiciones, artículo 21 1 del Código<br />

de Procedimiento Civil, sino que sucumbe en la demanda<br />

ó en la excepción, de suerte que el juez debe dictar<br />

sentencia contra él. El precepto de la ley es absoluto.<br />

No le v<strong>al</strong>drá <strong>al</strong> vencido que tenga acumuladas otras<br />

pruebas, aun cuando sean plenas, dado que el jurarnenha<br />

sido deferido ó referido conforme á la ley.<br />

Presúmese que se condena á sí mismo el que rehuye<br />

poner á Dios por testigo de la verdad del hecho controvertido.<br />

Art. 1.342 La parte á quien se ha deferido e1 juramento, no<br />

puede referirlo, después que ha declarado que está dispuesta á<br />

prestarlo.<br />

La parte á quien se defiere el juramento tiene, co-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!