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Tomo Tercero - MSINFO

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- '57 -<br />

sele, su responsabilidad puede considerarse cubierta<br />

en el asunto á que el telegrama se contrae.<br />

Las diligencias que se practiquen para los objetos<br />

antedichos á instancia del interesado por las oficinas<br />

telegráficas, suministrarán <strong>al</strong> tribun<strong>al</strong> los elementos de<br />

prueba que necesite para decidir. No parece posible<br />

que re esté permitido sacarlos de otras fuentes, s<strong>al</strong>vo<br />

el caso en que el interesado pruebe que pidió las rectificaciones<br />

conducentes y las oficinas respectivas se<br />

negaron á.darlas, ó no las dieron aunque prometieron<br />

hacerld, que entonces es indudable que debe ser autorizada<br />

la parte para probar los hechos t<strong>al</strong>es como ocurrieron.<br />

El que envía el telegrama queda exento de f<strong>al</strong>ta,<br />

si para asegurarse de que ha sido recibido en tiempo<br />

y sin ninguna <strong>al</strong>teración ó error, pide á la oficina trasmisora<br />

que lo repita y obtenga aviso de la oficina<br />

receptora, que el parte ha llegado exacto, lo cu<strong>al</strong> puede<br />

exigir que se le certifique por el empleado que trasmitió.<br />

Con estas precauciones se 1 pone á cubierto de<br />

que se <strong>al</strong>egue posteriormente por la persona á quien<br />

fue dirigido el telegrama, que lo recibió con retardo<br />

ó que le llegó con errores. Es práctica pagar anticipadamente<br />

la contestación del telegrama que se envía,<br />

con lo que se adquiere el derecho de exigir de la ocina<br />

á. quien se pagó que requiera la contestación del<br />

telegrama.<br />

Dice el artículo que quien ha tenido cuidado de<br />

practicar aquellas diligencias se piesztlizc exento de fa//a,<br />

ó lo que es lo mismo de culpa. Esa presunción puede<br />

desvirtuarse con la pruba contraria, si se acredita<br />

por ejemplo que pidió tarde la verificación, ó que <strong>al</strong><br />

repetir el telegrama <strong>al</strong>teró sus términos, 6 si era por<br />

si mismo oscuro ó contradictorio de manera que se<br />

hizo difícil interpretarlo, etc.<br />

En materia de comunicaciones telegráficas la les,<br />

no puede establecer regla <strong>al</strong>guna á )/riori porque de<br />

ellas no queda ningún comprobante escrito. Bien pue-

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