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LECTURAS DE PRIMERA SEMANA DE JUNIO DE 2011 - Insumisos

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tendremos que recurrir a la justicia internacional. Por un lado (llevar ante la justicia) a los autores materiales<br />

como tal, pero también a los autores intelectuales que desde las altas cúpulas del estado que dirigieron la<br />

economía y que solamente mediante el terror pudieron implantar el neoliberalismo, la "apertura" económica<br />

en Colombia. Porque creemos que no solo los autores materiales son responsables, también son<br />

responsables desde las altas esferas, desde los gremios de la producción, desde los grandes gremios<br />

económicos, los terratenientes, ellos deben responder por los crímenes que se han cometido en Colombia que<br />

son incontables. Son tantos los crímenes que los crímenes que se han cometido en las dictaduras del Cono sur<br />

del continente bajo las dictaduras militares, son apenas una muestra al lado de lo que sólo en Colombia ha<br />

ocurrido en los últimos 25-30 años."<br />

· Cinco puntos de MOVICE y Corporación Jurídica Libertad, que denuncian la Ley de Víctimas:<br />

1. Esta es una ley inconsulta, debatida y aprobada de espaldas a las víctimas. Desde su inicio el Movimiento<br />

Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado propuso la realización de audiencias públicas donde se<br />

discutiera los puntos más controversiales y se tuvieran en cuenta las propuestas que salieran de estos<br />

espacios. Sin embargo la propuesta fue rechazada sin ninguna justificación. Pero, lo más grave es que no se<br />

realizó consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes como lo exige el Convenio 169 de la<br />

OIT y lo ha reafirmado en diferentes sentencias la Corte Constitucional. Para subsanar dicho error la ley le<br />

otorga facultades especiales al Presidente de la República para que expida un decreto donde se concrete con<br />

dichas comunidades su derecho a la reparación. Sin embargo, el tema no es así de simple. La consulta es un<br />

derecho fundamental que no se puede desconocer, es irrenunciable y la Corte ha sido radical en su<br />

reconocimiento. Además muchas organizaciones étnicas han anunciado su disposición de demandar el texto<br />

aprobado por inconstitucional.<br />

2. El universo de víctimas es restrictivo y viola el derecho a la igualdad. El senador Cristo ha afirmado que la<br />

ley reconoce a todas las víctimas y que la fecha del 1° de enero de 1985 es sólo para el tema de reparación.<br />

Este argumento resulta realmente un contrasentido porque deja sin derechos a más de diez mil víctimas que<br />

en la década de los años setenta y principios de los ochenta sufrieron toda clase de agresiones, graves<br />

violaciones a sus derechos y crímenes de lesa humanidad. Situación que se agrava al dejar por fuera a las<br />

miles de familias que han sufrido por cuenta de las acciones del neo-paramilitarismo, eufemísticamente<br />

llamado BACRIM. El reconocimiento formal de la existencia del conflicto armado es una cortina de humo que<br />

sirve para dejar sin derechos a las víctimas del conflicto socio político en todo el país al exigirles el tener que<br />

probar que el hecho fue cometido por un grupo armado y que guarde relación causal con el conflicto. Este<br />

fue justamente el argumento con el que se le negó a la mayoría de víctimas la reparación individual por vía<br />

administrativa alegando que eran acciones cometidas por delincuencia común.<br />

3. El contrato de transacción aprobado por el Senado es totalmente ilegal e inmoral, y busca evitar que se<br />

evidencie la responsabilidad del Estado en la mayoría de estos crímenes. Además por esta vía el Gobierno<br />

podrá convertir en medidas reparatorias las obligaciones sociales que por ley y constitución le competen. La<br />

gran mayoría de las víctimas provienen del sector social más empobrecido y excluido, situación que va a ser<br />

aprovechada para promover los “bonos” en salud y educación que las dejarán sin derechos.<br />

4. Uno de los principales problemas es el tema de la restitución de tierras que será sólo reconocido a víctimas<br />

desplazadas forzadamente a partir del 1° de enero de 1991, con lo cual se legaliza el despojo de años<br />

anteriores. El gobierno –y los parlamentarios uribistas, fieles a su líder- han argumentado que se deben<br />

respetar las leyes que protegen a los poseedores, pero se abstienen de recordar que éstos por lo general han<br />

sido ganaderos, narcotraficantes, terratenientes, empresarios y paramilitares que se hicieron a la tierra<br />

mediante métodos de barbarie y terror, que además se aprovecharon de que la mayoría de los campesinos<br />

carecen de títulos de propiedad.<br />

La intención de formalizar la propiedad para poder impulsar las famosas locomotoras del desarrollo minero y<br />

agroindustrial -y de paso legalizar el despojo- quedan claros al ver cómo la ley aprueba el llamado derecho<br />

de superficie y los contratos de uso de predios restituidos, de acuerdo con los cuales donde existan proyectos

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