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Hannah Arendt L o s o r í g e n e s d e l t o t a l i t a r i s m o 249tener derechos o el derecho de cada individuo a pertenecer a la Humanidad tendría que sergarantizado por la misma Humanidad. No es en absoluto seguro que ello pueda ser posible. Porque,contra <strong>los</strong> intentos humanitarios mejor intencionados de obtener de las organizacionesinternacionales nuevas declaraciones de <strong>los</strong> derechos humanos, tendría que comprenderse que estaidea trasciende la idea actual de la ley internacional que todavía opera en términos de acuerdosrecíprocos y de Tratados entre Estados soberanos; y, por el momento, no existe una esfera que sehalle por encima de las naciones. Además, este dilema no podría ser en manera alguna eliminadomediante el establecimiento de un «Gobierno mundial». Semejante Gobierno se halla, desde luego,dentro <strong>del</strong> terreno de las posibilidades, pero cabe sospechar que, en realidad, podría diferirconsiderablemente de la versión promovida por las organizaciones idealistas. Los crímenes contra<strong>los</strong> derechos humanos, que se han convertido en una especialidad de <strong>los</strong> regímenes totalitarios,pueden ser siempre justificados por el pretexto que lo justo equivale a lo bueno o útil para elconjunto diferenciado de sus partes. (El lema de Hitler de que «justo es lo que es bueno para elpueblo alemán» es sólo la fórmula vulgarizada de una concepción de la ley que puede encontrarseen todas partes y que en la práctica sólo será ineficaz mientras que pervivan en las constitucionestradiciones más antiguas.) Una concepción de la ley que identifique lo que es justo con la noción <strong>del</strong>o que es útil —para el individuo, para la familia, para el pueblo o para una mayoría— llega a serinevitable una vez que pierden su autoridad las medidas absolutas y trascendentes de la religión o <strong>del</strong>a ley de la Naturaleza. Y este predicamento no queda en manera alguna resuelto aunque la unidad ala que se aplique «lo útil para» sea tan amplia como la misma Humanidad. Porque resultacompletamente concebible, y se halla incluso dentro <strong>del</strong> terreno de las posibilidades políticasprácticas, que un buen día una Humanidad muy organizada y mecanizada llegue a la conclusióntotalmente democrática —es decir, por una decisión mayoritaria— de que para la Humanidad enconjunto sería mejor proceder a la liquidación de algunas de sus partes. Aquí, en el problema de larealidad de hecho, nos enfrentarnos con una de las más antiguas perplejidades de la fi<strong>los</strong>ofíapolítica, que pudo permanecer inadvertida sólo mientras una teología cristiana estable proporcionóel marco de todos <strong>los</strong> problemas políticos y fi<strong>los</strong>óficos, pero que hace largo tiempo obligó a decir aPlatón: «No es el hombre, sino Dios, quien debe ser la medida de todas las cosas.»Estos hechos y reflexiones ofrecen lo que parece ser una irónica, amarga y tardía confirmaciónde <strong>los</strong> famosos argumentos con <strong>los</strong> que Edmund Burke se opuso a la Declaración de <strong>los</strong> Derechos<strong>del</strong> Hombre. Parecen remachar su afirmación de que <strong>los</strong> derechos humanos eran una «abstracción»,de que resultaba mucho más práctico apoyarse en la «herencia vinculante» de <strong>los</strong> derechos que unotransmite a sus propios hijos como la misma vida y reclamar <strong>los</strong> derechos propios como «derechosde un inglés» más que como derechos inalienables <strong>del</strong> hombre 51 . Según Burke, <strong>los</strong> derechos de quedisfrutamos proceden «de dentro de la nación», de forma tal que no se necesitan como fuente de laley ni la ley natural, ni <strong>los</strong> mandamientos divinos, ni ningún concepto de la Humanidad, tal como elde la «raza humana» de Robespierre 52 .La solidez pragmática <strong>del</strong> concepto de Burke parece hallarse más allá de toda duda a la luz denuestras múltiples experiencias. Porque no sólo la pérdida de <strong>los</strong> derechos nacionales entrañó entodos <strong>los</strong> casos la pérdida de <strong>los</strong> derechos humanos; la restauración de <strong>los</strong> derechos humanos, comolo prueba el reciente caso <strong>del</strong> Estado de Israel, sólo ha sido lograda hasta ahora a través de larestauración o <strong>del</strong> establecimiento de <strong>los</strong> derechos nacionales. La concepción de <strong>los</strong> derechoshumanos, basada en la supuesta existencia de un ser humano como tal, se quebró en el momento enque quienes afirmaban creer en ella se enfrentaron por vez primera con personas que habían perdidotodas las demás cualidades y relaciones específicas —excepto las que seguían siendo humanas. Elmundo no halló nada sagrado en la abstracta desnudez <strong>del</strong> ser humano. Y a la vista de lascondiciones políticas objetivas es difícil señalar cómo podrían haber contribuido a hallar una51 EDMUND BURKE, Reflections on the Revolution in France, 1790, editado por E. J. Payne, Everyman’s Library.52 ROBESPIERRE, Speeches, 1927. Discurso <strong>del</strong> 24 de abril de 1793.

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