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136<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

y de las relaciones laborales en la función pública, en cuanto que incorpora el<br />

trabajo por objetivos que, según el informe del Grupo de Expertos, supuso en el<br />

proyecto piloto unas mejoras personales y productivas altamente significativas,<br />

con la consecuente rentabilidad económica en este tipo de experiencias 590 . Así<br />

mismo, conlleva un cambio profundo en las tareas y en las responsabilidades de<br />

los Responsables de Áreas, obligados a evolucionar desde métodos de evaluación<br />

convencionales, basados en criterios presenciales (asistencia, puntualidad, horas<br />

de trabajo…), a otros basados exclusivamente en el cumplimiento de objetivos<br />

establecidos previamente 591 .<br />

En cuanto a la tercera característica, relacionada con el establecimiento de<br />

las modalidades de distribución de la jornada, los Departamentos Ministeriales y<br />

sus Organismos Públicos (en adelante DP y OP), son los órganos encargados de<br />

poner en marcha, previa negociación con las organizaciones sindicales en el ámbito<br />

de representación, los programas de teletrabajo (art. 4.1) 592 . Éstos se aprueban<br />

anualmente por Resolución de la Subsecretaría o de la Presidencia o Dirección de dichos<br />

organismos, dando cuenta de los mismos a la Dirección General de Organización e<br />

Inspección de los Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas (art. 4.3) 593 .<br />

Ahora bien, con carácter previo, los DM y OP deben implantar una plataforma que<br />

permita la conexión electrónica entre los teletrabajadores y la unidad a la que se<br />

encuentren adscritos, así como entre todo el personal que desarrolle funciones,<br />

actividades o tareas correspondientes al mismo pro<strong>ces</strong>o de trabajo.<br />

Al respecto, deben facilitar a cada teletrabajador el equipamiento y las líneas<br />

de comunicación ne<strong>ces</strong>arias para el desarrollo de sus funciones, financiando los<br />

costes derivados de su utilización. Si el teletrabajador dispusiese de equipamiento<br />

y de ADSL se podrán sustituir los equipos y el tipo de conexión por otros más<br />

adecuados para el teletrabajo, siempre que dicha sustitución no suponga perjuicio<br />

alguno para el empleado (art. 6.1 y 2) 594 . La implantación de una plataforma<br />

informática ha de ser lo más adecuada posible a las tareas del teletrabajo en la<br />

función pública. En la experiencia piloto se recurrió a sistemas alternativos más<br />

convencionales (fotocopias, escaneados, pendrives, CDs o autoenvíos por correo<br />

590<br />

Libro electrónico sobre el Plan Concilia. Horarios y teletrabajo, obra cit., p. 179.<br />

591<br />

Libro electrónico sobre el Plan Concilia. Horarios y teletrabajo, obra cit., p. 111.<br />

592<br />

La Orden APU/1981/2006, de 21 de junio, por la que se promueve la implantación de programas piloto de teletrabajo<br />

en los departamentos ministeriales contemplaba el trámite de la consulta sustituido posteriormente por la negociación con<br />

la firma del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de la AGE, 7 de mayo de 2007. Estos programas de teletrabajo<br />

no pueden ser utilizados en ningún caso como sistema para la deslocalización de los centros de trabajo o de las oficinas<br />

administrativas (art 4.2).<br />

593<br />

En la implantación del Programa Piloto de teletrabajo, se designó a un equipo coordinador del Programa, formado<br />

por personas que pudieran mantener relaciones fluidas con los responsables directos de las Unidades del Departamento u<br />

Organismo. Hay que tener en cuenta que buena parte del éxito o del fracaso del Programa depende de que las personas<br />

sean adecuadas o no. Por eso se sugirió que el director del equipo tuviera la categoría de Subdirector General, asesor<br />

del Gabinete o Director General, y que las personas que formaran parte del equipo pudieran atender aspectos como los<br />

relacionados con las comunicaciones, las relaciones laborales, las tecnologías o la prevención de riesgos laborales, en MAP,<br />

Manual para la implantación de programas piloto de teletrabajo en la Administración General del Estado, obra cit., p. 2.<br />

594<br />

En este sentido, antes del inicio del teletrabajo, y en consonancia con lo estipulado en el AMET 2002, será ne<strong>ces</strong>ario<br />

definir con claridad todas las cuestiones relativas al equipo de trabajo, responsabilidad y costes por su utilización. Costes<br />

como las comunicaciones, luz, teléfono, etc., que corren a cargo de la Administración.

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