10.11.2014 Views

1_2159_coleccion_premio_investigacion_ces

1_2159_coleccion_premio_investigacion_ces

1_2159_coleccion_premio_investigacion_ces

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Capítulo II. La delimitación jurídica del teletrabajo<br />

145 <br />

Interconfederal para la Negociación Colectiva de 2003, sin que formalmente se<br />

hayan asumido apenas compromisos, y prácticamente se reduce a un acuerdo de<br />

contenido obligacional entre las partes “sin el rango de Acuerdo Interprofesional<br />

estatutario vinculante jurídicamente” 634 .<br />

Esto no es óbice para que la normativa comunitaria relativa a la aplicación<br />

del AMET 2002 haya sido una prioridad de los agentes sociales en ciertas<br />

empresas como, por ejemplo, Telefónica de España, SAU 635 , SHS Polar Sistemas<br />

Informáticos, SL 636 y el Grupo Repsol YPF 637 , que han llegado a firmar sendos<br />

acuerdos de implantación del teletrabajo asumiendo los términos del AMET. Y<br />

es que el AMET, “pese a carecer de eficacia vinculante directa, en espera de ser<br />

negociado en cada uno de los Estados, disfruta de los rasgos esenciales propios<br />

del procedimiento de autoorganización de las relaciones laborales”, es decir,<br />

autonomía o autorregulación, bilateralidad y transaccionalidad, éste último “en<br />

cuanto se sustenta en un acuerdo de con<strong>ces</strong>iones recíprocas y no en la imposición<br />

o en la decisión unilateral” 638 .<br />

El Acuerdo de la empresa Telefónica de España, SAU implanta la modalidad<br />

de teletrabajo a domicilio por un tiempo mínimo fijado con carácter general<br />

de dos días por semana, en aquellas actividades que son susceptibles de esta<br />

modalidad de teletrabajo, de acuerdo con unas condiciones que toman como<br />

referencia las del AMET (voluntariedad, reversibilidad, tiempo de teletrabajo,<br />

formación, protección y confidencialidad de datos). En cambio, la empresa no<br />

asume la responsabilidad en el suministro de medios en los mismos términos del<br />

AMET, sino que se compromete a fijar los términos en que se facilitarán los medios<br />

de comunicación con la participación de la representación social, y a establecer un<br />

programa de dotación progresiva de los medios ne<strong>ces</strong>arios a los teletrabajadores.<br />

Por ello, las partes se comprometen a desarrollar fórmulas que permitan que<br />

16 de julio de 2002), en GARCÍA MURCIA, Joaquín (dir.), La transposición del derecho social comunitario al ordenamiento<br />

español: un balance en el siglo XX aniversario de la incorporación de España a la Unión Europea , obra cit., p. 333.<br />

634<br />

CRUZ VILLALÓN, Jesús, “El Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva de 2003 desde la perspectiva<br />

jurídica”, obra cit., pp. 30 y 31; HERNANDO DE LARRAMENDI, Álvaro, “Notas sobre la aplicación en España del Acuerdo<br />

Marco Europeo sobre el Teletrabajo”, RL, núm. 21, 2003, p. 87; SERRANO GARCÍA, Juana Mª, “La negociación colectiva<br />

europea y los acuerdos “libres”: la vinculabilidad del Acuerdo europeo sobre el Teletrabajo”, obra cit., p. 112; e igualmente<br />

en “Los acuerdos colectivos libres ¿han dejado de ser mera voluntad política para disfrutar de vinculabilidad jurídica?”,<br />

RDS, núm. 19, p. 197. En THIBAULT ARANDA, Javier; JURADO SEGOVIA, Ángel, “Algunas consideraciones en torno al<br />

acuerdo marco europeo sobre el teletrabajo”, en TL, p. 43, 2004, la naturaleza se asimila a un “pacto entre caballeros”.<br />

Vid. STS 11 de abril de 2005 (RJ 2005/4060), Fj 6º.<br />

635<br />

Acuerdo de Implantación Teletrabajo. (Desarrollo Cláusula 12.1 Convenio Colectivo 2003/2007). Grupo de trabajo<br />

de adaptación del tiempo de trabajo a las ne<strong>ces</strong>idades del mercado para su elevación a la comisión de negociación<br />

permanente, 14 de febrero de 2006. Este Acuerdo se incorpora al Convenio Colectivo mediante Resolución 10 de octubre<br />

de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de diversos<br />

Acuerdos que pasan a formar parte del Convenio Colectivo de Telefónica de España, S.A.U. (BOE 3 de noviembre 2006,<br />

núm. 263) y se mantiene en el actual Convenio Colectivo para los años 2008-2010 (BOE 14 de octubre 2008, núm. 248).<br />

636<br />

Acuerdo de condiciones generales del teletrabajo en SHS Polar, 21 de marzo de 2007 en http:www.comfia.net/archs/<br />

acuerdo-teletrabajo.pdf.<br />

637<br />

Resolución de 17 de junio de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Acuerdo<br />

marco del Grupo Repsol YPF (BOE 30 de junio 2009, núm. 157).<br />

638<br />

SERRANO GARCÍA, Juana Mª “La negociación colectiva europea y los acuerdos “libres”: la vinculabilidad del Acuerdo<br />

europeo sobre el Teletrabajo”, obra cit., p. 104.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!