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322<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

En el teletrabajo la buena fe también supone una cierta garantía del respeto<br />

a los derechos fundamentales de los trabajadores, y es la que marca la pauta de<br />

conducta en la relación de trabajo 1562 , resultando incompatible, por ejemplo, con<br />

un control empresarial informático oculto y desproporcionado 1563 . La empresa, de<br />

acuerdo con las exigencias de la buena fe, debe establecer previamente las reglas<br />

de uso de los medios informáticos y de comunicación facilitados por la empresa a<br />

los trabajadores, con aplicación de prohibiciones absolutas o parciales, e informar<br />

a los trabajadores de la existencia de control y de los medios que se van a adoptar<br />

para garantizar la efectiva utilización laboral del medio cuando sea preciso, sin<br />

perjuicio de la posible aplicación de otras medidas de carácter preventivo, como la<br />

exclusión de determinadas conexiones 1564 .<br />

Por último, es importante considerar que si bien la empresa no tiene como<br />

función fomentar el ejercicio de los derechos fundamentales de los trabajadores,<br />

sobre el empresario pesa el deber de garantizar esos derechos fundamentales,<br />

y la obligación de respetarlos sin menoscabo de los mismos 1565 . Al respecto, el<br />

principio de buena fe en la relación laboral impone al empresario la defensa de<br />

los derechos fundamentales del trabajador y sirve, por lo tanto, como equilibrio<br />

entre la libertad de empresa y el poder de control de la actividad laboral y los<br />

derechos fundamentales del trabajador 1566 . La buena fe en el ejercicio del poder<br />

de control empresarial se manifiesta en el teletrabajo mediante la información<br />

al trabajador y consulta con los representantes de los trabajadores sobre la<br />

instalación de cualquier tipo de sistema de control que se instale, máxime cuando<br />

el teletrabajo posibilita que los sistemas de control empresariales sean superiores<br />

a los que pueda implantar el empresario en el centro de trabajo (trabajo on<br />

line) 1567 . Por ello, no debemos olvidar la normativa comunitaria (AMT 2002) que<br />

establece la obligación empresarial del respeto a la privacidad del teletrabajador y<br />

1562<br />

MIÑARRO YANINI, Margarita, “Las facultades empresariales de vigilancia y control en las relaciones de trabajo:<br />

especial referencia a las condiciones de su ejercicio y a sus límites”, obra cit., p. 58.<br />

1563<br />

THIBAULT ARANDA, Javier, JURADO SEGOVIA, Ángel, “Algunas consideraciones en torno al Acuerdo Marco Europeo<br />

sobre Teletrabajo”, TL, núm. 72, 2004, p. 54.<br />

1564<br />

En estos mismos términos, STS 26 de septiembre 2007 (rec. ud. 966/2006), Fj 4º; STSJ Cataluña 3 de junio 2008 (rec.<br />

2818/2008). En contra, por entender que condicionar el juego del deber de buena fe al dictado por parte del empresario<br />

de códigos de conducta preventivos de los incumplimientos supone enervar y limitar el poder de dirección, legalmente<br />

concebido como un poder general, PÉREZ DE LOS COBOS ORIHUEL; Francisco; THIBAULT ARANDA, Javier, “El uso del<br />

ordenador y la buena fe (a propósito de la STS de 26 de septiembre de 2007, rec. 966/2006), RL, núm. 6, 2008, p. 57.<br />

1565<br />

CARDONA RUBERT, Mª Belén, Informática y contrato de trabajo: (aplicación de la Ley orgánica 5/1992, de 29 de<br />

octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal) , obra cit., p. 54, añadiendo que<br />

la buena fe puede reconducirse “no sólo a un hipotético y genérico compromiso de neutralidad por parte del empresario”,<br />

sino también a un compromiso que tienda a facilitar el ejercicio de los derechos del trabajador “en la medida en que sea<br />

posible, sin alterar el funcionamiento de la empresa”.<br />

1566<br />

MATEU CARRUANA, Mª José, “Facultades de control fuera del centro de trabajo: medidas de control sobre las<br />

conductas extralaborales del trabajador”, obra cit., p. 256. En GIL y GIL, José Luis, Principio de buena fe y poderes del<br />

empresario, obra cit. p. 231, “el principio constitucional de la buena fe impone así un deber de defensa de los derechos<br />

fundamentales y libertades públicas del trabajador, en la medida en que eso no suponga un sacrificio apreciable de sus<br />

propios intereses”. Entre otros, II CC de Multiprensa y Más, SL (BOE 20 de abril 2007, núm. 95).<br />

1567<br />

Con respecto al ex<strong>ces</strong>o de control en la modalidad on line, MATEU CARRUANA, M ª José, “Facultades de control fuera<br />

del centro de trabajo: medidas de control sobre las conductas extralaborales del trabajador”, obra cit., p. 257. En relación<br />

a la utilización del principio de buena fe, OJEDA AVILÉS, Antonio, “Equilibrio de intereses y bloque de constitucionalidad<br />

personal en la empresa”, obra cit., pp. 31 y 32, resta importancia a este principio porque “provoca en cambio interferencias<br />

de toda una cultura civilista y privatista, forjada en la defensa del patrimonio de la propiedad…”.

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