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Capítulo I. Definición, rasgos y tipologías del teletrabajo<br />

55 <br />

de la relación laboral nada se indique sobre el elemento locativo, la determinación<br />

correspondería a una de las partes, normalmente la empresa. Coincidimos con la<br />

doctrina en que nada impide que una de las partes concrete alguno o algunos de<br />

los elementos esenciales del contrato, aunque será ne<strong>ces</strong>ario que exista un pacto<br />

previo de las partes sobre la asignación de la concreción a una de ellas, salvo que<br />

esté justificada en los usos o costumbre aplicables 156 .<br />

Atendiendo al elemento locativo son muchas y muy variadas las tipologías<br />

que se han formulado con la finalidad de delimitar el teletrabajo. En nuestro estudio<br />

vamos a centrarnos en aquéllas cuyo criterio fundamental sea la organización<br />

del teletrabajo para atender a una clasificación que integre las tipologías en tres<br />

fundamentales: teletrabajo en el domicilio, centros de teletrabajo y teletrabajo<br />

móvil 157 .<br />

1.3.2.1. Teletrabajo a domicilio<br />

En el teletrabajo a domicilio vamos a tratar varias cuestiones que entendemos<br />

que peden resultar conflictivas. La posibilidad de realizar la prestación de forma<br />

colectiva por varios teletrabajadores nos plantea qué tipo de modalidad del contrato<br />

de trabajo es la más adecuada a esta forma de organización del trabajo, atendiendo<br />

a la regulación establecida en el art. 10 ET. Igualmente, la aplicación o no del art.<br />

13 ET, así como su insuficiencia, nos conduce a la ne<strong>ces</strong>idad de su reforma y a<br />

proponer una regulación legal del teletrabajo, ante la inviabilidad al recurso a una<br />

relación laboral especial de teletrabajo. Por último, el desempeño del teletrabajo en<br />

un lugar que goza simultáneamente de la garantía constitucional del domicilio y de<br />

la protección del derecho a la intimidad del trabajador puede plantear conflictos o<br />

incompatibilidades con las funciones de la Inspección de Trabajo.<br />

Como la doctrina ha afirmado, este tipo de teletrabajo es probablemente<br />

la modalidad con mayor potencial de crecimiento 158 , teniendo en cuenta que no<br />

suele utilizarse con exclusividad 159 . Los trabajadores que optan por esta tipología<br />

156<br />

En este sentido, añadiendo AGÍS DASILVA, Montserrat, El lugar de trabajo: fijación y modificación, obra cit., pp. 98<br />

y 99, que en la aplicación del art. 1256 C.Civ. “sólo debe considerarse jurídicamente inaceptable que el cumplimiento o<br />

la obligatoriedad del contrato quedase al arbitrio de una de las partes y, por tanto, descartando que con ese precepto se<br />

prohíba que alguno o algunos de los elementos esenciales del contrato sea finalmente concretado, que no determinado,<br />

por alguna de las partes”. En el caso de que la asignación de la concreción esté justificada en los usos o costumbre<br />

aplicables, se debe actuar de acuerdo con las exigencias de la buena fe y la equidad.<br />

157<br />

Igualmente PADILLA MELÉNDEZ, Antonio, Teletrabajo. Dirección y organización, obra cit., p. 28; SCOGNAMIGLIO,<br />

Paolo, “Telelavoro: tipologie e aspectti problematici”, obra cit., p. 12; CEPOLLARO, Giancarlo, “Aspetti organizzativi”,<br />

en SACARPITTI, Giovanna; ZINFARELLI, Delia (a cura di), IL telelavoro. Teorie e applicazioni. La destrutturazione del<br />

tempo e dello spazio nel lavoro post-industriale, FrancoAngeli, Milan, 1999, pp. 129 a 137; DI MARTINO, Vittorio;<br />

WIRTH, Linda, “Teletrabajo: un nuevo modo de trabajo y vida”; RIT, obra cit., 1990, p. 470; ESCUDERO RODRÍGUEZ,<br />

Ricardo, “Teletrabajo”, obra cit., pp. 778 a 783; RODRÍGUEZ PIÑERO ROYO, Miguel (dir.), Nuevas actividades y sectores<br />

emergentes: el papel de la negociación colectiva, MTAS, Madrid, 2001, p. 237; RIVERO LAMAS, Juan, “El teletrabajo<br />

en España. (En el contexto de la innovación tecnológica y de la empresa innovadora)”, obra cit., pp. 97 a 99; THIBAULT<br />

ARANDA, Javier, El teletrabajo: análisis jurídico-laboral, obra cit., p. 33 a 38.<br />

158<br />

GRAY, Mike; HODSON, Noel; GORDON, Gil El teletrabajo, cit., p. 73.<br />

159<br />

Vid. SÁNCHEZ, Elena (dir.), Prácticas de trabajo virtual y teletrabajo en el sector TIC en España, Informe 2008, Enter,<br />

Madrid, 2009. En un informe presentado en 2001 por el proyecto Emergence (2000-2003), sobre los resultados de una<br />

encuesta realizada sobre una muestra de 7.268 empleados en 18 países europeos, se señala que sólo el 1,5% de los

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