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242<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

fijada por unidad de tiempo o de obra (destajo) 1155 . Al respecto, tradicionalmente<br />

se ha señalado que la modalidad típica retributiva en el trabajo a domicilio es la<br />

de destajo, justificándose en que sirve de instrumento de control indirecto de la<br />

ejecución del trabajo sin fijación de horario o jornada determinada 1156 . De esta<br />

manera se evitaban no sólo las dificultades para controlar de otro modo el tiempo<br />

de trabajo, y por lo tanto los índi<strong>ces</strong> de rendimiento, sino también los posibles<br />

abusos empresariales 1157 .<br />

En la actualidad, esto no es del todo correcto, puesto que las tecnologías<br />

permiten que desde el domicilio del trabajador existan modernos métodos de<br />

control de la actividad 1158 . Además, tenemos que distinguir si se trata de un<br />

teletrabajo a domicilio acordado entre trabajadores que realizaban esa prestación<br />

en la empresa, o si se trata de un teletrabajo que forme parte de la descripción<br />

inicial del puesto de trabajo. En realidad, la conversión de un trabajo realizado en<br />

la empresa a uno a domicilio no se produce en la práctica de una manera “brusca”,<br />

sino que suele hacerse de manera gradual, iniciándose con una prueba piloto que<br />

concluye en un acuerdo de implantación de forma más o menos generalizada 1159 ,<br />

y de tipo voluntario 1160 . Esto quiere decir que si el trabajo realizado en la empresa<br />

se comparte con el domicilio del trabajador y/u otro elegido por él, el sistema<br />

de fijación de la retribución del teletrabajo no tiene que sufrir ningún cambio.<br />

El Acuerdo de implantación del teletrabajo en la empresa Telefónica de España,<br />

S.A.U. (14/02/2006), que opta por una modalidad compartida de trabajo en<br />

el domicilio del trabajador y en la oficina, establece que el salario base y los<br />

complementos personales no sufrirán modificación. Respecto a los complementos<br />

circunstanciales y extrasalariales, se percibirán aplicando las mismas condiciones<br />

que corresponden al trabajo presencial y circunstancias que generan el derecho a<br />

su pecepción. En cuanto a la retribución variable mediante incentivos, se mantiene<br />

en sus términos conforme a lo específicamente establecido en cada uno de ellos,<br />

pero adaptándose a lo que en el futuro pudiera establecerse.<br />

El empresario puede implantar con posterioridad modificaciones del sistema<br />

de retribución basándose en causas económicas, organizativas o de producción,<br />

1155<br />

En, NOGLER, Luca, “Lavoro a domicilio, Art, 2118”; en SCHLESINGER, Piero (Dir.), Il codice civile comentario, obra<br />

cit., p. 80. El art. 1 del Convenio OIT núm 177 considera trabajo a domicilio “el realizado en el domicilio del trabajador o<br />

en otros locales que escoja, distinto de los locales del empleador a cambio de una remuneración, (…)”.<br />

1156<br />

En este sentido, GALLARDO MOYA, Rosario, El nuevo y el viejo trabajo a domicilio. De la máquina de hilar al<br />

ordenador, obra cit., p. 86.<br />

1157<br />

DE LA VILLA GIL, Luis Enrique, El trabajo a domicilio, Aranzadi, Pamplona, 1966, p. 51; DE LA VILLA GIL, Luis<br />

Enrique; GARCÍA NINET, José Ignacio, “Contrato de trabajo a domicilio” en BORRAJO DACRUZ, Efrén, (Dir.) El estatuto<br />

de los trabajadores, Comentarios a las leyes laborales, Tomo III, Edersa, 1985, p. 496.<br />

1158<br />

Vid. MARTÍNEZ LÓPEZ, F co José; LUNA HUERTAS, Paula; INFANTE MORO, Alfonso; MARTÍNEZ LÓPEZ, Luis, “Los<br />

sistemas de control de la actividad laboral mediante las nuevas tecnologías de la información y la comunicación”; RL, núm.<br />

12, 2003, pp. 95 a 115.<br />

1159<br />

SOLÁ I MONELLS, Xavier, “La introducción del teletrabajo en la empresa: régimen jurídico”, DL, núm. 72, 2004, pp.<br />

93 a 102.<br />

1160<br />

La STS 11 de abril de 2005 (AS 2005/4060) establece la obligatoriedad del acuerdo con el trabajador para implantar<br />

el teletrabajo a domicilio. En relación a la voluntariedad en la implantación del teletrabajo a domicilio, FERNÁNDEZ<br />

VILLARINO, Roberto, “La imposición de la aplicación del teletrabajo. La Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de abril de<br />

2005”, Revista de información laboral y jurisprudencia, núm. 10, 2005, p. 6.

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