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76<br />

El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />

1.3.2.2. Teletrabajo en oficinas remotas: teletrabajo itinerante y en telecentros<br />

El poder de control del empresario, y en general el poder directivo, se ejerce<br />

también en oficinas remotas, como el teletrabajo itinerante y en telecentros, es<br />

decir, en aquellos otros lugares donde surja la ne<strong>ces</strong>idad de teletrabajar. Esto<br />

puede plantear problemas en relación con el fenómeno de la descentralización<br />

y externalización de la producción, y el incremento de las contratas y la posible<br />

<strong>ces</strong>ión de trabajadores en el teletrabajo realizado en oficinas remotas, bien de<br />

manera itinerante o en telecentros, por lo que defendemos la ne<strong>ces</strong>idad de<br />

regular las responsabilidades de las empresas principales en los supuestos de<br />

descentralización y externalización de teletrabajadores.<br />

El teletrabajo en oficinas remotas responde a una modalidad que<br />

engloba diferentes lugares de trabajo como los centros de recursos compartidos,<br />

los telecentros u oficinas satélites, telecottages y teletrabajo móvil 283 . Esta<br />

segunda tipología que hemos reducido al teletrabajo itinerante y en centros<br />

de teletrabajo (telecentros), no plantea la problemática anterior, si tenemos en<br />

cuenta que la actividad no se desarrolla en un lugar privado sino en un lugar<br />

público del que, por regla general, el empresario no tiene la titularidad u otro<br />

poder de disposición. El telecentro es una oficina a distancia, dotada de los medios<br />

informáticos y de telecomunicación ne<strong>ces</strong>arios para el uso regular u ocasional por<br />

los teletrabajadores, que se presenta como alternativa al despacho en casa 284 . Por<br />

el contrario, en el denominado teletrabajo en centros u oficinas satélites, dudamos<br />

de su tratamiento como un sistema de teletrabajo propiamente dicho, ya que se<br />

trata de instalaciones de las empresas alejadas de las sedes o centros organizativos<br />

donde acuden los trabajadores que viven en sus proximidades, aunque conectadas<br />

a las mismas por vía telemática y, por lo tanto, desde un punto de vista técnicolegal<br />

supone la inexistencia del requisito básico de la realización del trabajo fuera<br />

de las instalaciones empresariales 285 .<br />

El telecentro, centro vecinal o centro de recursos compartidos puede acoger<br />

a varios teletrabajadores que tengan el mismo estatuto, ya sean todos subordinados<br />

o autónomos; que realicen actividades parecidas o diferentes; o que tengan algún<br />

tipo de conexión entre ellos o no, según se trate de trabajadores que dependan del<br />

mismo empleador o de varios, y/o de trabajadores autónomos que tengan o no el<br />

mismo cliente 286 . Esta modalidad de teletrabajo permite a las pequeñas y medianas<br />

283<br />

PURCALLA BONILLA, Miguel Ángel; BELZUNEGUI ERASO, Ángel, “Marcos Jurídicos y experiencias prácticas de<br />

Teletrabajo”, obra cit., pp. 51 y 52. Los centros de recursos compartidos están equipados con tecnologías de la información<br />

y de las telecomunicaciones, y concentran en un solo edificio prácticas relacionadas con el teletrabajo; los telecottages son<br />

un tipo especial de telecentro ubicado en zonas rurales; y el televillage combina el estilo de vida en el campo con el ac<strong>ces</strong>o<br />

a las grandes redes de información.<br />

284<br />

MARTÍNEZ LÓPEZ, Francisco José; LUNA HUERTAS, Paula; ROCA PULIDO, Juan Carlos, “El teletrabajo en España:<br />

Análisis comparativo con la Unión Europea”, obra cit., p. 1225.<br />

285<br />

Igualmente MATEO, José Manuel, “Presente y futuro del teletrabajo: razones para la creación de un marco jurídico<br />

regulador de su prestación”, obra cit., p. 30.<br />

286<br />

THIBAULT ARANDA, Javier, “El teletrabajo”, Acciones e <strong>investigacion</strong>es sociales. (Escuela Universitaria de Estudios<br />

Sociales de la Universidad de Zaragoza), núm. 8, 1998, p. 212.

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