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Capítulo V. El poder de control del empresario en el teletrabajo<br />

305 <br />

a distancia puede ser controlada y vigilada por el empresario recurriendo a una<br />

serie de medios técnicos, igual que si el trabajador estuviera en los locales de la<br />

empresa 1471 . En realidad, los sistemas de control basados en las nuevas tecnologías<br />

de la información y de la comunicación son muy variados y pueden consistir<br />

en la utilización de cámaras situadas en los lugares de trabajo; control remoto,<br />

control del correo electrónico de los trabajadores y sobre el navegador de Internet<br />

mediante equipos de producción remota, fundamentalmente para trabajadores<br />

no presenciales; utilización de aplicaciones ASP, con software de monitorización<br />

del desempeño de los trabajadores a través de los diferentes sistemas de control<br />

en ASP, etc. 1472 . También se pueden usar la tecnología LBS, que permite saber en<br />

cada momento donde están los trabajadores mediante la localización de teléfonos<br />

móviles, o identificadores por radiofrecuencia (RFID) que permiten el seguimiento<br />

e identificación de personas, y así un largo etcétera. 1473<br />

Así pues, el teletrabajo ofrece al empresario nuevas posibilidades de<br />

control a distancia, como por ejemplo mediante la informática cuando ésta<br />

configura un mecanismo menos directo pero más riguroso de control laboral,<br />

lejos por lo tanto de esa idea de independencia del trabajador 1474 . El trabajo con<br />

medios informáticos conectados en red (navegación en páginas web, correo<br />

electrónico, mensajería instantánea, etc.), forma un espacio de trabajo virtual<br />

que puede ser objeto de control. La conexión de los ordenadores en red permite<br />

la monitorización de la actividad y que los datos digitales sean susceptibles de<br />

tratamiento automatizado. En estos casos estamos en presencia de un control<br />

del espacio virtual, invisible y realizado sin ne<strong>ces</strong>idad de registro 1475 , al que por<br />

privacidad del teletrabajador”, obra cit., p. 925. En MARTÍNEZ FONS, Daniel, “El control empresarial del uso de las nuevas<br />

tecnologías en la empresa”, en DEL REY GUANTER, Salvador, (dir.), Relaciones laborales y nuevas tecnologías, La Ley,<br />

Madrid, 2005, p. 192, “se observa cómo el propio concepto de intimidad que había fundamentado en buena medida la<br />

principal reacción frente a la actividad de control o de buena fe en la actuación de los poderes empresariales se presentan<br />

poco adecuados a las exigencias que imponen las formas de control ahora estudiadas”.<br />

1471<br />

THIBAULT ARANDA, Javier, Teletrabajo: análisis jurídico-laboral, CES, 2001, p. 121.<br />

1472<br />

Un estudio sobre los mismos, MARTÍNEZ LÓPEZ, Fº José; LUNA HUERTAS, Paula; INFANTE MORO, Alfonso;<br />

MARTÍNEZ LÓPEZ, Luis, “Los sistemas de control de la actividad laboral mediante las Nuevas Tecnologías de la Información<br />

y las Comunicaciones”, RL, núm. 12, 2003, pp. 95 a 115. Los modelos de Application Service Providers (ASP) “consisten<br />

en que todos los programas y la información que se maneje van a estar depositados en un ordenador central, de tal<br />

forma que los PC de los trabajadores cada vez que quieran utilizar un programa o acceder a un documento, se tendrán<br />

que conectar al central o servidor y trabajar como usuarios del mismo”. (…) Se produce un control absoluto de las tareas<br />

realizadas por cada uno de los trabajadores”.<br />

1473<br />

Con el sistema LBS (Location Based Servi<strong>ces</strong>) mediante una aplicación informática que puede consultarse en Internet,<br />

se sabe donde está el usuario de un teléfono móvil. Respecto a los problemas del uso de identificadores RFID, in extenso<br />

FARRIOLS Í SOLÁ, Antoni, “Introducción”, en FARRIOLS Í SOLÁ, Antoni, La protección de datos de carácter personal en<br />

los centros de trabajo, Ediciones Cinca, Madrid, 2006, pp. 33 y 34.<br />

1474<br />

GONZÁLEZ MOLINA, Mª Dolores; LÓPEZ AHUMADA, José E., “El teletrabajo y la privacidad del teletrabajador”, obra<br />

cit., p. 922. In extenso, CARDONA RUBERT, Mª Belén, Informática y contrato de trabajo: (aplicación de la Ley orgánica<br />

5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal) , obra cit., pp<br />

68 y ss.<br />

1475<br />

LÓPEZ PARADA, Rafael A.; “Las nuevas condiciones de trabajo y el lugar de prestación de servicios”, en SERNA<br />

CALVO, Mª del Mar (dir.), Derecho social y nuevas tecnologías, Cuadernos de Derecho Judicial, XV-2004, CGPJ, Madrid,<br />

2005, p. 110. Al “control preterintencional” a través del software instalado se refiere RODRÍGUEZ ESCANCIANO, Susana,<br />

“Vigilancia y control en la relación de trabajo”, FARRIOLS I SOLÁ, Antoni, La protección de datos de carácter personal<br />

en los centros de trabajo, Ediciones Cinca, Madrid, 2006, en p. 91. También, BELLAVISTA, Alessandro, Il controllo sui<br />

lavoratori, G. Giappichelli Editore, Torino, 1995, p. 59. Las razones empresariales que impulsan el uso de las nuevas formas<br />

de vigilancia y tratamiento de datos se encuentran en el funcionamiento y protección de los recursos, el control de los<br />

flujos de información y en las responsabilidades civiles y penales que generan el uso de las nuevas tecnologías, en JEFFERY,

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