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El contenido de la relación laboral en el teletrabajo<br />
En este aspecto, el teletrabajo entra a formar parte del debate político<br />
sobre la globalización y la forma en que se deben conciliar los intereses nacionales<br />
e internacionales con una distribución más justa de la riqueza en el mundo 350 .<br />
No obstante, son muchos los países en desarrollo que, en su mayoría, suscriben<br />
plenamente los derechos humanos en cuestión y la ne<strong>ces</strong>idad de su aplicación en<br />
su territorio, aunque rechazando cualquier propuesta que vincule directamente las<br />
cuestiones comerciales con los derechos humanos 351 .<br />
En Europa, la preocupación por las consecuencias negativas del teletrabajo<br />
transnacional se pone en evidencia tras finalizar una primera etapa de euforia,<br />
aunque resaltando las ventajas y beneficios del teletrabajo en el empleo 352 . En<br />
la segunda mitad de la década de los noventa destaca la preocupación de los<br />
trabajadores y sindicatos por el impulso negativo que las nuevas tecnologías<br />
podrían tener en las relaciones laborales (mayor inseguridad laboral y peores<br />
condiciones de trabajo), incluyendo a los trabajadores muy cualificados, al permitir<br />
las tecnologías de la información y las comunicaciones la deslocalización de tareas<br />
hacia otras partes del mundo 353 .<br />
En el seno de la Comisión Europea se alude a las implicaciones sociales<br />
del trabajo transfronterizo y a la “cuestión del teletrabajo transnacional”, fruto<br />
de la dimensión transnacional de las tecnologías de la información y de las<br />
comunicaciones para la elaboración de una futura disciplina comunitaria 354 . La<br />
actuación de la Comisión se reconduce al estudio y reflexión de esta dimensión<br />
sobre los efectos negativos del empleo y de las condiciones de trabajo, pero<br />
desde la perspectiva del eWork, término que amplía la concepción del teletrabajo<br />
hacia las diversas formas de prestación de trabajo a distancia mediante las nuevas<br />
tecnologías 355 (tanto teletrabajo individual como toda actividad realizada fuera del<br />
establecimiento de una sociedad, coordinada con ésta mediante la utilización de<br />
las NTIC para su recepción y entrega, independientemente de que sea realizada<br />
por trabajadores de la misma o por personal subcontratado) 356 .<br />
En cualquier caso, en nuestro estudio vamos a analizar las que consideramos<br />
las cuestiones jurídicas centrales relacionadas con esta modalidad de teletrabajo,<br />
350<br />
En este mismo sentido, PEQUERA POCH, Miguel, Derecho y nuevas tecnologías, obra cit., p. 224.<br />
351<br />
OIT. Comisión Mundial sobre Dimensión Social de la Globalización, Por una globalización justa: crear oportunidades<br />
para todos, Ginebra, 2004, p. 104.<br />
352<br />
LO FARO, Antonio, “Politiche comunitarie e diritto internazionale”, en GAETA, Lorenzo; PASCUCCI, Polo, Telelavoro<br />
e diritto, G.Giappichelli Editore, Torino, 1998, pp. 216 a 227; SANGUINETI RAYMOND, Wilfredo, Teletrabajo y<br />
Globalización, obra cit., pp. 37 a 49.<br />
353<br />
Comunicación de la Comisión sobre “La dimensión social y del mercado de trabajo en la sociedad de la información.<br />
Prioridad para las personas. Las próximas etapas”, COM (97) 390, de 17 de julio de 1997.<br />
354<br />
Libro Verde sobre «Cooperación para una nueva organización del trabajo», COM (97) 128, de 16 de abril de 1997.<br />
355<br />
SANGUINETI RAYMOND, Wilfredo, Teletrabajo y globalización, obra cit., pp. 41 y 42. Sobre el teletrabajo en la<br />
Unión Europea, vid. PÉREZ DE LOS COBOS ORIHUEL, Francisco; THIBAULT ARANDA, Javier, El teletrabajo en España.<br />
Perspectiva jurídico laboral, obra cit., pp. 113 a 115; Comisión europea, eWork 2001. Informe de Situación de los Nuevos<br />
Métodos de Trabajo en la Economía del Conocimiento, Bélgica, 2002.<br />
356<br />
SANGUINETI RAYMOND, Wilfredo, “El derecho del trabajo frente al desafío de la transnacionalización del empleo:<br />
teletrabajo, nuevas tecnologías y dumping social”, Revista Valenciana de Economía y Hacienda, núm. 13, 2005, p. 110.