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Capítulo III. El tiempo de trabajo y la retribución en el teletrabajo<br />

235 <br />

correctores especiales para la protección de la vista adecuados al trabajo y, en<br />

general, cualquier otro relacionado con el puesto de trabajo o las características<br />

de la tarea 1118 .<br />

El empresario es el obligado principal en materia preventiva, y por<br />

lo tanto, no puede recaer ningún gasto relacionado con esta materia sobre<br />

los trabajadores, dado que las obligaciones del trabajador le sirven de<br />

complemento. No obstante, la percepción de un plus en materia de seguridad<br />

y salud desaparece cuando el empleador cumple con el establecimiento de<br />

las medidas preventivas 1119 . En este sentido, el papel del trabajador se ciñe al<br />

cumplimiento de las medidas impuestas por el empresario y al cumplimiento<br />

de las obligaciones contempladas en el art. 29 LPRL y, en concreto, al<br />

cumplimiento de las condiciones referentes a los puestos de trabajo con<br />

pantallas de visualización incluidas en los acuerdos de teletrabajo. Esto<br />

significa que los costes derivados del cumplimiento de las recomendaciones<br />

en materia de prevención y salud laboral desembolsados por el teletrabajador<br />

(ejemplo, instalación de portacopias, asiento giratorio y graduable, instalación<br />

adecuada de los puestos de trabajo, etc.) tienen que ser reembolsados por el<br />

empresario 1120 .<br />

3.2.5.4. Otras partidas extrasalariales: los beneficios ac<strong>ces</strong>orios<br />

En el teletrabajo también es significativo el incremento de unas compensaciones<br />

indirectas que actúan como complemento a las ne<strong>ces</strong>idades satisfechas por el<br />

salario fijo y la retribución variable, con la finalidad de captar a directivos y lograr<br />

la permanencia del trabajador 1121 . Estas compensaciones indirectas, denominadas<br />

beneficios ac<strong>ces</strong>orios, “son contraprestaciones o utilidades, dinerarias o en<br />

especie, por la prestación de servicios por cuenta ajena, de carácter indirecto, y al<br />

margen de la retribución estricta del trabajo realizado” 1122 . Entre estos beneficios<br />

se encuentran las acciones, seguros, planes de jubilación, coches de empresa,<br />

masters, móviles, guarderías, etc., frecuentes en los sectores bien remunerados, y<br />

en concreto, en el industrial, en el de transportes y en el de servicios públicos 1123 . En<br />

el mismo caso se encuentran el sector de las telecomunicaciones y alta tecnología,<br />

que destaca por su creatividad al implantar servicios de tintorería, masajes,<br />

1118<br />

Art. 4.3 RD 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos<br />

que incluyen pantallas de visualización (BOE 23 de abril 1997). Igualmente, IGARTUA MIRÓ, Mª Teresa, “Teletrabajo y<br />

prevención de riesgos laborales. Problemas y propuestas de soluciones”, obra cit., p. 1061; SELLAS I BENVINGUT, Ramón,<br />

El régimen jurídico del teletrabajo en España, obra cit., p. 144, THIBAULT ARANDA, Javier, El teletrabajo: análisis jurídicolaboral,<br />

obra cit., p. 120.<br />

1119<br />

En este sentido, IGARTUA MIRÓ, Mª Teresa, La obligación general de seguridad, Tirant lo Blanch, Valencia, 2000,<br />

pp. 66 a 72.<br />

1120<br />

Recomendaciones contempladas en el Acuerdo implantación teletrabajo en Telefónica España, S.A.U. (14/2/2006).<br />

1121<br />

En relación con la finalidad de los mismos, MUÑOZ RUIZ, Ana Belén, “Las percepciones extrasalariales en la<br />

negociación colectiva”, obra cit., p. 472.<br />

1122<br />

MERCADER UGUINA, Jesús R., Modernas tendencias en la ordenación salarial. La incidencia sobre el salario de la<br />

reforma laboral, obra cit., p. 145.<br />

1123<br />

MONEREO PÉREZ, José Luis (Dir.), La negociación colectiva en las medianas y grandes empresas: El pro<strong>ces</strong>o de<br />

adaptación al cambio estructural, obra cit., pp. 322 a 325.

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