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Capítulo III. El tiempo de trabajo y la retribución en el teletrabajo<br />

203 <br />

3.2. La retribución en el teletrabajo: la adaptación de los sistemas<br />

salariales<br />

En materia de retribución en el teletrabajo, nuestro estudio se va a centrar<br />

en varias cuestiones dignas de mención, teniendo en cuenta la configuración del<br />

sistema y estructuras salariales en la normativa laboral. En lo relativo al sistema<br />

salarial, observamos la adaptación de los nuevos modelos de organización del<br />

trabajo a los estímulos de la nueva economía flexible. El salario a tiempo, con una<br />

fuerte tendencia a ser combinado con sistemas mixtos y complementos ligados<br />

al rendimiento, experimenta un “auge” en la negociación colectiva, de la cual no<br />

está al margen el teletrabajo. Así, por ejemplo, incluyendo a todos los trabajadores<br />

de la empresa en el sistema de trabajo por objetivos, estableciendo una retribución<br />

garantizada y unos complementos personales que, eventualmente, pudieran ser de<br />

aplicación a título individual como complemento personal; éste último en función<br />

de la aplicación de conocimientos especiales del trabajador, por realizar su trabajo<br />

por objetivos o por participar en programas o tener asignadas responsabilidades<br />

o funciones específicas que, a juicio, de la empresa, merezcan tal asignación 934 . El<br />

debate sobre el salario a destajo como modalidad “típica” de trabajos realizados<br />

en el domicilio vuelve a recobrar importancia en la era de las telecomunicaciones,<br />

pero sólo con respecto a trabajos no cualificados. En este sentido, la aplicación de<br />

la garantía del principio de igualdad retributiva a través de la negociación colectiva<br />

va a permitir que la tendencia a la individualización, y los cambios en los sistemas<br />

retributivos tradicionales, no mermen el papel de aquélla como instrumento de<br />

control igualitario. En efecto, a partir de la reforma del Estatuto de los Trabajadores<br />

en 1994, la aplicación del salario y el establecimiento de la estructura salarial se<br />

remiten a la negociación colectiva o, en su defecto, al contrato individual (art.<br />

26.3 ET) 935 .<br />

Este papel desregulador del salario consolida un pro<strong>ces</strong>o iniciado con<br />

anterioridad a la reforma, que permite la adaptación a la nueva coyuntura<br />

económica y tecnológica sin influir decisivamente en la organización y en el<br />

funcionamiento de la empresa, y sin limitar o condicionar la utilización del<br />

sistema retributivo 936 . En realidad, la existencia de una economía abierta a la<br />

competencia internacional obliga a la negociación colectiva a avanzar hacia una<br />

mayor relación entre retribución y productividad, estableciendo la definición<br />

y criterios de una estructura salarial (conceptos fijos y variables) adecuada a<br />

la realidad social y empresarial, teniendo en cuenta su directa relación con los<br />

934<br />

Véase, por ejemplo, XIX CC de Alcatel-Lucent España, S.A. (BOE 19 de septiembre 2009, núm. 227) cuyo art. 43<br />

contempla las condiciones generales de la prestación de servicios en régimen de teletrabajo.<br />

935<br />

Sobre el papel de la ley en la ordenación y racionalización salarial, MERCADER UGUINA, Jesús R., Modernas tendencias<br />

en la ordenación salarial. La incidencia sobre el salario de la reforma laboral, Aranzadi, Pamplona, 1996, pp. 27 a 38. Y<br />

sobre la incidencia de la reforma de 1997, MONEREO PÉREZ, José Luis, El salario y su estructura después de la reforma<br />

laboral de 1997, Tirant lo Blanch, Valencia, 1998.<br />

936<br />

RODRÍGUEZ-SAÑUDO GUTIÉRREZ, Fermín, “Cambio y continuidad en el régimen jurídico del salario”, RMTAS, núm.<br />

58, p. 47; y “Salario y organización laboral de la empresa”, RMTAS, núm. 23, 2000, p. 96. Sobre la adaptación económica<br />

y tecnológica, MONEREO PÉREZ, José Luis (Dir.), La negociación colectiva en las medianas y grandes empresas: El pro<strong>ces</strong>o<br />

de adaptación al cambio estructural, MTAS, 2003, p. 254.

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